Los titulares de un préstamo hipotecario que quieran modificar las condiciones del mismo podrán hacerlo con un menor coste a partir de hoy, primer día hábil desde la entrada en vigor de la nueva Ley Hipotecaria, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del pasado sábado.

La Ley 41/2007 de 7 de diciembre modifica la Ley 2/1981 de 25 de marzo de Regulación del Mercado Hipotecario e introduce como principal novedad la regulación de las hipotecas inversas y el seguro de dependencia. En la nueva ley se reducirán sustancialmente los gastos de notaría, registro e impuestos derivados de cambios en las hipotecas, de forma que, por ejemplo, en la modificación de una hipoteca de 120.000 euros estos gastos pasarán de 351 a 67 euros. Además, las hipotecas que se suscriban desde ayer se podrán ampliar sin necesidad de cancelar el préstamo y volver a constituirlo de nuevo.

Otra de las disposiciones de la nueva norma es que solo podrá cobrarse una tasa por cancelación anticipada de un préstamo hipotecario a tipo fijo cuando suponga una pérdida de capital para la entidad.

En cuanto a las hipotecas inversas, el nuevo texto prevé que las podrán solicitar las personas mayores de 65 años o dependientes y que se podrán suscribir sobre cualquier vivienda, sea o no habitual, aunque sólo tendrán beneficios fiscales las que contraten con la vivienda habitual como garantía.