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Justicia

Insultar a la vecina quedará impune

El nuevo Código Penal, que hoy entra en vigor, despenaliza algunas faltas muy habituales y crea la figura nueva de los delitos leves - Muchos casos serán archivados en los próximos días tras su despenalización

El juicio a la sindicalista de Comisiones Obreras Katiana Vicens. Manu Mielniezuk

Jueces, fiscales, abogados y funcionarios judiciales van a andar a partir de hoy, fecha en que entra en vigor el nuevo Código Penal, muy atareados estudiando cómo quedan cientos de asuntos penales en marcha afectados por la importante reforma y cómo se encauzan otros supuestos, cuya respuesta penal también ha cambiado. Entre otras novedades los insultos a una vecina dejarán de ser infracciones penales leves y quedarán impunes, salvo, algo muy improbable, que se demande al ofensor por la vía civil. El Código Penal sustituye al de 1995 y afecta a 300 artículos sobre un total de 639. En varias librerías de Palma las ediciones básicas del texto legal se han agotado y la circular de la fiscal general del Estado dando directrices para la transición es un best seller.

Cientos de miles de faltas desaparecen

El legislador ha buscado desatascar la jurisdicción penal, donde hasta ahora se tramitaban anualmente cientos de miles de casos de faltas en toda España, Esta figura como tal desaparece, aunque la mayoría de los supuestos se transforman en delitos leves, que también serán juzgados por los jueces de instrucción.

Injurias y accidentes leves se verán en sa Gerreria

Los juicios de faltas eran hasta ahora una válvula de escape para las desavenencias vecinales o las peleas verbales callejeras. Eso se acabó: las faltas de injurias leves, el típico insulto a una vecina, quedarán impunes, salvo que la víctima tenga las energías, paciencia y dinero para reivindicar su honor en la vía civil. Estos casos pasarán así de los juzgados de Vía Alemania a los de sa Gerreria, al igual que los accidentes leves de circulación. Algunos jueces se lamentan del cambio porque piensan que los juicios de faltas eran un sistema adecuado para arreglar desavenencias, que, sin respuesta judicial, seguirán abiertas, con el riesgo que eso conlleva.

Pilar Barceló, un miembro de la Comisión de Derechos Humanos del Colegio de Abogados, ha expresado su temor a que las compañías de seguros perjudiquen a los afectados por accidentes leves de tráfico tras su salida de los juicios de faltas.

Multas mayores para los que se enfrentan a la Policía

Otras conductas que no pasarán por los juzgados de instrucción son las desobediencias leves a agentes de la autoridad, que desaparecen como faltas, siempre que la cosa no sea más grave (resistencia). Esos roces con la autoridad, muy frecuentes en Mallorca, pasarán a ser infracciones administrativas, que castigará la delegación del Gobierno u otras Administraciones. La Unión Progresista de Fiscales (UPF) advierte de que las multas serán mayores ahora, puesto que los jueces amoldaban la sanción al nivel económico del culpable (cuotas por día). Además, los denunciados perderán las garantías que da un proceso penal y tendrán que acudir a la lenta jurisdicción contencioso-administrativa si quieren impugnar las sanciones.

Más condena para asesinos como los de ETA en Calvià

Se cumplen ahora casi 6 años del atentado de ETA en Palmanova (Calvià) que acabó con la vida de los jóvenes guardias civiles Diego Salvà y Enrique Sáenz de Tejada. Los asesinos de los dos agentes no han sido identificados, pero sí acaban detenidos no se les podrá aplicar la prisión permanente revisable, una pena similar a la cadena perpetua y que el nuevo Código Penal reserva a casos de terrorismo, asesinatos en serie, de menores de 16 años o cometidos por grupos organizados. La Comisión de Derechos Humanos del Colegio de Abogados de Balears y la UPF, entre otros colectivos, se oponen a este nuevo castigo, de cuya constitucionalidad dudan porque una privación de libertad de por vida impediría la reinserción social del penado.

Menos pena para casos como el de Katiana Vicens

Katiana Vicens, secretaria general de Comisiones Obreras, se enfrentó en octubre pasado a una petición de condena por parte de la fiscalía de 4,5 años de cárcel, por impedir la salida de un autobús de línea en un incidente durante una huelga general. El ministerio fiscal le imputó un delito contra los derechos de los trabajadores del artículo 315-3. Finalmente la juez Margarita Beltrán y la Audiencia dejaron el caso en una multa de 22 meses, al rebajar la gravedad del caso a un delito de coacciones y otro de daños. El legislador ha suavizado esa figura que castiga a los piquetes violentos: las penas no pasarán de los dos años de cárcel.

Los donativos para la sede del PP de Palma serían delito

El juez José Castro investiga, en la pieza separada 28 del caso Palma Arena, si el constructor Antonio Pinal, dueño del grupo Bruesa, regaló 600.000 euros al PP de Balears para que pudiera comprar, reformar y equipar su sede central de Palma en la calle Palau Real. La financiación ilegal de los partidos políticos no era delito entonces. El nuevo Código Penal introduce esa figura, siempre que el donativo supere el medio millón de euros y castiga a los que acepten o entreguen esas dádivas.

Castro investiga si Pinal recibió, como contraprestación a su generoso regalo, un trato de favor en contratos o concursos públicos, lo que sería un cohecho, que sí estaba tipificado cuando se compró la sede del PP, entre 2003 y 2005. Pinal se acogió a su derecho a declarar, pero negó haber donado fondos al PP.

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