El Tribunal Superior de Justicia de Balears ha avalado las medidas adoptadas por el Govern balear para salvaguardar los hábitats naturales de la finca de Son Bosc, en Muro, donde se aprobó la construcción de un campo de golf y sus consiguientes infraestructuras. La Sala ha desestimado la demanda planteada por el GOB que solicitaba que se adoptaran más medidas para evitar la construcción del campo de golf en esta extensa finca de Muro.

El núcleo del recurso se basaba en la exigencia de la organización ecologista que, basándose en un informe elaborado por los agentes de medio ambiente, pedía que se adoptaran las medidas necesarias para garantizar la conservación de unos hábitats naturales. Esta petición fue inicialmente planteada ante la conselleria de Medio Ambiente, pero se denegó al entender que ya se habían adoptado las medidas necesarias.

La sentencia detalla que el informe a que hacía referencia la organización ecologista advertía de que las obras previstas para la construcción de un campo de golf en Son Bosc podían afectar gravemente a hábitats catalogados como prioritarios o de interés comunitario. En concreto se refería a la comunidad vegetal conocida como polypogono maritimi-centaurietum spicati, que estaba presente en el perímetro del proyecto del campo de golf. Estos informes se tuvieron en cuenta y se amplió la zona de protección de s' Albufera para salvaguardar esta especie natural. En concreto, y así lo detalla el tribunal, a partir de un informe técnico, la jefa del servicio de proyectos de la dirección general de Biodiversitat informó sobre la modificación de un decreto que ampliaba los límites actuales del Parc Natural de s´Albufera. Esta ampliación afectaba a la finca de Son Bosc, que perdía 21,8 hectáreas a favor de s´Albufera. De este terreno cedido, apenas cuatro hectáreas se podían considerar zona húmeda.

La sentencia destaca también que la Administración, antes de que se aprobara la autorización para que se pudiera construir el campo de golf, recabó los informes de los agentes medioambientales, que confirmaban que el área que se iba a construir no afectaba a ninguna especie catalogada. Los jueces destacan también que la administración se preocupó, por un lado, de comprobar si las obras afectaban a los espacios y especies protegidas y, por otro, de adoptar las medidas correctoras, que consistieron en ampliar s´Albufera y paralizar la construcción de un edificio deportivo.

Por tanto, para justificar que se rechace el recurso, el tribunal recuerda que la obligación que tiene la administración de preservar un espacio natural "no es un deber inmediato". Antes se deben seguir unos trámites complejos, mucho más en este caso donde existían, según detalla el tribunal, informes tanto favorables como desfavorables al proyecto de construir el campo de golf.

Asimismo, el tribunal considera que las medidas protectoras del medio ambiente sí se adoptaron, aunque es cierto que se dilataron en el tiempo. Sin embargo, este retraso lo justifica el tribunal por las investigaciones técnicas que se han realizado antes de tomar una decisión y por el complicado procedimiento administrativo que se ha seguido.