El anteproyecto de nueva ordenanza que regulará el botellón prevé que el ayuntamiento de Palma prohiba, y consecuentemente impida, las concentraciones de personas en las que se consuman bebidas alcohólicas en la vía pública que alteren la normal convivencia ciudadana, siempre que perturben el derecho de las personas al descanso nocturno, entre las 22.00 horas y las 8.00 horas de la mañana.

La nueva normativa pretende regular este fenómeno tanto por lo que se refiere a los espacios en los que se permitirá el consumo de alcohol como en el tiempo.

De esta forma, a partir de las 22.00 horas y hasta las ocho de la mañana, tal como se prevé en el borrador de ordenanza marco de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), no se permitirán concentraciones de personas que consuman bebidas alcohólicas en la calle, aunque sólo en aquellos casos en los que se altere la normal convivencia ciudadana debido a los ruidos y a las molestias que provoquen al vecindario.

Se trata de garantizar el derecho fundamental al descanso y, al mismo tiempo, hacerlo compatible con el derecho al ocio, garantizando la protección de la salud pública, el respeto a los menores, al medio ambiente y el de disfrutar de un espacio libre público ordenado y no degradado.

La presencia de menores que consuman alcohol u otras sustancias en estas concentraciones será motivo para la dispersión del grupo por parte de la Policía Local, independientemente de si se producen molestias a los vecinos o no.

El borrador de la normativa que, según fuentes municipales, se distribuirá en breve entre los partidos políticos con representación en Cort, federaciones vecinales y empresariales, así como entidades juveniles, con el fin de alcanzar el máximo consenso posible sobre el texto de ordenanza, antes de iniciar la tramitación administrativa con la aprobación del proyecto por parte de la junta de gobierno local.

Otra de las cuestiones que contempla el borrador es la posibilidad de declarar zonas de especial protección, cuando las alteraciones que produzca la práctica habitual del botellón provoquen "graves perturbaciones de la convivencia ciudadana". En estas zonas se impedirá la concentración de personas que consuman alcohol. Se considerará que se produce una grave alteración de la convivencia cuando, como resultado del consumo, se deteriore la tranquilidad del entorno o se provoquen situaciones de insalubridad o se superen los límites acústicos.

También cuando el consumo se exteriorice en forma denigrante para los viandantes o cuando se vulneren reiteradamente las ordenanzas municipales sobre gestión de residuos, limpieza viaria o se produzcan actos de vandalismo sobre el mobiliario urbano.

Asimismo, se considerará zona de especial protección, que será declarada así por la junta de gobierno, cuando los lugares de consumo habitual se caractericen por la presencia de menores o si el número de personas que habitualmente se concentra es elevado con respecto a la densidad de viviendas y vecinos del lugar o espacio libre público de que se trate.