El Consell de Mallorca abrió ayer un expediente a la concesionaria del refugio público de Can Boi de la localidad costera de Deià por un posible incumplimiento del contrato al publicitarse en páginas de alquiler turístico como Airbnb.

La nueva ley del alquiler turístico de Baleares prohíbe el alquiler turístico de este tipo de viviendas, si bien los turistas o los residentes sí pueden contratar su estancia a través de la página web de los refugios públicos.

En un comunicado, el departamento de Medio Ambiente del Consell de Mallorca informó de que la concesionaria había promocionado el refugio en diferentes páginas de alquiler turístico, cuyos anuncios ya se han retirado de estos soportes digitales.

En concreto, habría incumplido las condiciones de prestación del servicio en cuanto a la promoción del uso de los refugios públicos ya que no pidió permiso al Consell de Mallorca para realizar esta promoción.

Además, la oferta incumplía las tarifas aprobadas ya que, por ejemplo, el precio anunciado en Airbnb incluía pernoctación y desayuno de forma indivisible, cuando son servicios independientes y, por lo tanto, el cliente tiene derecho a elegir.

En ningún caso, subrayó el Consell, la concesionaria puede aplicar los descuentos que anuncia Airbnb vinculados al tiempo de estancia.

La concesionaria sólo puede aplicar los precios y servicios que están en la ordenanza de precios, de modo que "las únicas tarifas especiales que se pueden fijar son las que se especifican para las personas federadas, si bien, bajo ninguna circunstancia el distribuidor puede aplicar los descuentos que anuncia a Airbnb vinculados a la hora de la estancia".

Así, el director insular del Medio Ambiente, Josep Manchado, se puso en contacto ayer mismo con la concesionaria para informar sobre estas irregularidades y el distribuidor ha retirado inmediatamente el anuncio.

Este refugio forma parte de la Ruta de Piedra Seca GR 221.

Por otro lado, el Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugán, planteó ayer a la Secretaría de Estado de Hacienda la necesidad de que clarifique la fiscalidad de los rendimientos producidos por el alquiler de inmuebles destinados a uso turístico, cuando los propietarios son personas físicas que no ejercen una actividad empresarial y/o profesional.

De no dictarse directrices claras, el Defensor cree que esta actividad quedará en manos de empresas e intermediarios en perjuicio de los particulares.