El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha puesto en información pública un proyecto de Real Decreto por el que quiere ampliar el número de proyectos para los que será necesario contar con una evaluación ambiental, ya que modifica la normativa sobre las evaluaciones de impacto ambiental con el fin de que sean más exigentes y acordes con la normativa europea.

El Ministerio indica que esta propuesta de Real Decreto modifica los Anexos I y II de la Ley de evaluación ambiental (Ley 21/2013) para trasponer la Directiva Europea 2011/92 al ordenamiento jurídico e incrementará tanto la seguridad jurídica como el nivel de protección ambiental.

En concreto, la iniciativa propone eliminar el umbral de evaluación y/o bien asumir la redacción de la Directiva cuando no exista motivación para su mantenimiento, o bien mantener un umbral motivado en los criterios del Anexo III de la Directiva (en normativa sectorial vigente o basado en la experiencia de los órganos evaluadores de las distintas administraciones territoriales).

Con ello, aumentará el número de proyectos con necesidad de evaluación de impacto ambiental y se garantiza que los proyectos situados por debajo de los umbrales legales no tendrán una incidencia significativa en el medio ambiente que los haga merecedores de dicho procedimiento, informa Europa Press.

El documento incluye un nuevo mecanismo de garantía para los proyectos que se encuentren por debajo de los umbrales legales, pero estén situados en zonas de especial sensibilidad ambiental o afecten sustancialmente al medio hídrico.

De ese modo, el texto pretende permitir que cualquier proyecto con potenciales impactos significativos sea sometido, al menos, a un procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificado.

La decisión responde al procedimiento de infracción que la Comisión Europea dirigió a España en 2015 y 2017, por el que solicitaba aclaración sobre los criterios utilizados para establecer determinados umbrales que permiten determinar qué proyectos han de ser sometidos a este tipo de evaluación ambiental.

Para revisar en profundidad el contenido de los anexos de la Ley, el Ministerio creó un grupo de trabajo con representación de las autoridades ambientales de todas las Comunidades Autónomas y la Administración General del Estado, así como con la intervención de los órganos sustantivos, con los que se han mantenido reuniones periódicas e intercambio de propuestas.

En concreto, el anexo II de la Ley 21/2013, que regula los proyectos sometidos a evaluación de impacto ambiental simplificada, concentra la mayor parte de las novedades de este Real Decreto. Respecto al Anexo I, que regula los proyectos sometidos a evaluación de impacto ambiental ordinaria, las modificaciones han sido más limitadas, ya que la Comisión no había cuestionado sus umbrales, si bien se han actualizado algunos epígrafes.

Como resultado de dicho análisis técnico y de colaboración entre los distintos agentes, los Anexos de la Ley 21/2013 contemplan actualmente 90 tipos de proyectos, en lugar de los 81 que constaban anteriormente, la gran mayoría de ellos sin ningún tipo de umbral.

El proyecto de Real Decreto está abierto a información y audiencia pública de los afectados hasta el 4 de noviembre y se consultará a las comunidades autónomas, a las ciudades autónomas y a las entidades locales.

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