Tribunales
"Se acercó y escuchó al niño llorando": la frase que condena a prisión permanente a la madre y el tío de la bebé del contenedor
El jurado se basa en un pinchazo telefónico a la mujer para determinar que ambos "sabían que la neonata estaba viva" y actuaron con "voluntad de matar"
La sentencia califica el crimen de "particularmente ruin, perverso, cobarde y traicionero"

Los tres acusados, durante el juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Palma. / B.RAMON

El 3 de noviembre de 2023, un día después de dar a luz a una niña y tirarla a un contenedor en Porto Cristo, Yolanda M.L. llamó a una amiga y le contó lo ocurrido. En la conversación, intervenida por la Policía Nacional, reveló un dato que ha acabado condenando a la mujer a y a su cuñado a cadena perpetua: "Gustavo se acercó y escuchó al niño llorando". Esta frase llevó al jurado a considerar probado que los dos "sabían que la bebé estaba viva" cuando la dejaron en el depósito de basuras y que, por tanto, actuaron con "voluntad de matar". La sentencia, redactada por la magistrada Samantha Romero con base en el veredicto del tribunal popular, les declara autores de un delito de asesinato y les impone prisión permanente revisable. La hermana de la madre, que estaba presente y no intervino, deberá pagar una multa de 5.400 euros por omisión del deber de socorro.
Los hechos probados recogidos en la sentencia narran que Yolanda M.L. estaba embarazada de un feto de unas 26 o 27 semanas de gestación. El 2 de noviembre de 2023, la mujer llamó a su hermana, Rosario M.L., para que ella y su pareja, Gustavo P.G., fuesen a recogerla en coche y la llevaran al hospital, ya que sufría intensos dolores. Ya en el vehículo, sobre las cinco y media de la tarde, Yolanda M.L. se puso de parto en la calle Aterratge y expulsó al feto, un gran prematuro, en el interior del turismo. La madre y el tío de la niña, siendo "conscientes de que la recién nacida se hallaba con vida, se pusieron de acuerdo y decidieron arrojarla a un contenedor de basura". El hombre se apeó entonces y "arrojó" a la bebé al depósito, tras lo que los tres se marcharon del lugar. La niña fue rescatada por agentes de la Policía Local alertados por una vecina, pero cuando llegó al hospital de Llevant ya solo se pudo certificar su muerte.
Consultas con abogados
El veredicto del jurado se basa principalmente en el pinchazo telefónico para dar por acreditado que ambos sabían que la bebé estaba viva, frente a la versión de los procesados. La sentencia resalta que, además, en esa conversación la madre "afirma haber consultado con abogados su situación y estos le transmiten que si el niño nació vivo la situación le va a perjudicar de forma grave". También se apoyan en la declaración de una médico forense, que en el juicio aseguró que "cualquier persona que no tenga conocimientos médicos puede darse cuenta de que el bebé nace con vida".
El tribunal popular apreció además una "voluntad de matar" porque, en el mismo pinchazo, Yolanda M.L. le dijo a su amiga que "debería haber tenido el bebé en el campo y lo tendría que haber echado allí y así no la habrían pillado". La sentencia reprocha que en esa charla "Yolanda solo se preocupa por ella y por las consencuencias de su acción" y le reprocha que actuó "guiada por el desafecto". "Yolanda y Gustavo pretendían desembarazarse del bebé y llevaron a cabo todos los actos que tuvieron a su alcance para conseguir su propósito", resume la magistrada en la sentencia.
Un crimen "perverso y traicionero"
El fallo judicial expone que "abandonar a una neonata prematura en un contenedor de basura, dejándola a su suerte, supone abocarla a una muerte segura". Los acusados, sostiene, "se marcharon del lugar conscientes de que la hija a la que acaba de alumbrar Yolanda moriría, lo que denota una frialdad de ánimo merecedora de un contundente reproche penal", pues su comportamiente revela "un ánimo particularmente ruin, perverso, cobarde y traicionero". También recuerda la magistrada que, según determinaron los forenses, la niña tenía opciones de sobrevivir pese a su escaso desarrollo si hubiera recibido asistencia médica, algo que no ocurrió "debido exclusivamente a la acción de los acusados cuando decidieron abandonar indefensa en el interior de un contenedor a la recién nacida a pesar de que a escasos metros había un centro hospitalario".
La jueza pone de relieve la extraordinaria gravedad de "arrebatar la vida a la neonata prematura que nació viva privándola de asistencia médica y dejándola abandonada en un contenedor ante la evidente indefensión que presentaba", una conducta que considera "especialmente ruin". Considera que este comportamiento fue "particularmente deleznable" en el caso de la madre, "por cuanto resulta que quien está obligada a cuidar, alimentar y proteger a su hijo lo abandona y provoca su muerte".
Suscríbete para seguir leyendo
- El trazado del tren Palma-Llucmajor ya es definitivo: partirá del Conservatorio y llegará en 30 minutos tras pasar por 13 paradas, incluido Son Sant Joan
- IB3 suprime 'Jo en sé + que tu': el exitoso programa presentado por David Ordinas desaparece tras siete años en antena
- La tuna de València multada por Cort por tocar en Palma: 'Solo le cantábamos 'cumpleaños feliz' a una señora
- Las casas de Almallutx se derrumban por su total abandono mientras el Consell sigue negociando la compra
- Cort empieza a instalar las máquinas de la ORA en los barrios de Palma a los que llegará la zona azul
- El Tren de Sóller lanza un paquete de excursión para el eclipse solar por 220 euros
- Condenan a una magistrada de Palma a dos años de inhabilitación por prevaricación por imprudencia
- Fallece a los 41 años Joan Gaspar Vallori, secretario general del PSOE de Alcúdia