Tribunales
La jueza plantea al jurado 107 preguntas sobre la bebé arrojada a un contenedor en Porto Cristo
El tribunal popular delibera desde ayer sobre la responsabilidad de los tres acusados, con peticiones de cadena perpetua por asesinato sobre la mesa

Los acusados por la muerte de la bebé y sus abogados, en el juicio en la Audiencia Provincial. / Isaac Buj / Europa Press

Un asesinato que merece la mayor de las condenas o un error sin responsabilidades penales. El jurado popular empezó a deliberar ayer por la tarde sobre la muerte de la bebé arrojada a un contenedor de basuras en Porto Cristo (Manacor) tras un parto en un coche, con un cuestionario de 107 preguntas elaborado por la magistrada presidenta para determinar qué hechos han quedado probados y qué reproche merecen los tres acusados, la madre y los tíos de la niña. El jurado permanecerá incomunicado hasta que alcance una decisión por mayoría o unanimidad.
El objeto del veredicto refleja las diferentes tesis presentadas por la Fiscalía y las defensas, con penas de cadena perpetua en juego, sobre lo ocurrido en la tarde del 2 de noviembre de 2023. Las partes coinciden en que la niña nació viva tras 26 o 27 semanas de gestación, en un coche en el que circulaban los tres acusados, y que dejaron a la bebé en un contenedor de basuras. Allí la encontraron minutos después agentes de la Policía Local de Manacor tras el aviso de una vecina, pero cuando la llevaron al hospital de Llevant, situado a apenas 400 metros, los médicos no pudieron más que certificar su muerte.
A partir de ahí, los planteamientos son radicalmente opuestas. El más desfavorable para los acusados, el de la Fiscalía, sostiene que la madre y el tío de la niña sabían que la bebé estaba viva y acordaron tirarla al contenedor. Lo hicieron, además, con pleno conocimiento de que abocaban a la bebé a una muerte segura. Esta tesis apunta a una lesión craneal provocada al arrojarla al depósito de basuras como causa del fallecimiento, junto a su escaso desarrollo y la falta de atención médica inmediata. “La mataron”, sostuvo la fiscal en su alegato final para acusarles de asesinato con la agravante de parentesco y reclamar para ellos penas de prisión permanente revisable. Respecto a la tía, el cuestionario plantea al jurado si estaba al corriente de lo que ocurría y no hizo nada para impedirlo. La acusación sostiene que sí, la acusa de omisión del deber de socorro y pide 5.400 euros de multa para ella.
Los otros escenarios planteados en el objeto del veredicto recogen todos los argumentos de las defensas para reclamar la absolución o, en todo caso, condenas mínimas. Por un lado, propone que la madre sufrió un aborto espontáneo de un feto gran prematuro, que no tenía capacidad para respirar por su inmadurez pulmonar y que llegó ya muerto al hospital de Llevant. “No hay asesinato porque el bebé se hubiese muerto”, resumió el letrado de la madre. Por otro, plantea la posibilidad de que ni la madre ni el tío fueran conscientes de que estaba viva e incluso que el hombre no supiera siquiera que estaba arrojando un feto al contenedor.
También debe responder el jurado popular, para decidir sobre posibles atenuantes, si la madre tenía alteradas sus facultades en el momento del parto y en qué grado. Y, finalmente, tiene que pronunciarse acerca de hipóteticos indultos o suspensiones de las condenas en caso de declarar culpables a los acusados.
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