Tribunales
Absuelto el acusado de una supuesta agresión sexual a una mujer en una antigua sucursal bancaria okupada de las Avenidas de Palma
La sentencia sustenta el fallo exculpatorio en la declaración "vaga e imprecisa" de la supuesta afectada y a que incurrió en "contradicciones"

El acusado ahora absuelto de la presunta agresión sexual a una mujer en una antigua sucursal bancaria okupada durante el juicio. j / Lorenzo Marina

El presunto autor de una supuesta agresión sexual a una mujer en una antigua sucursal bancaria okupada de las Avenidas de Palma ha sido absuelto al no haber quedado acreditada su participación en los hechos. El Juzgado de lo Penal número cinco de Palma ha emitido un fallo exculpatorio en su sentencia ante la ausencia de pruebas incriminatorias contra él. En este sentido la resolución judicial subraya la declaración "vaga e imprecisa" de la denunciante y considera que esta habría incurrido en "contradicciones". La fiscal y el abogado de la acusación particular, ejercida por el abogado Sebastián Cantallops, pedían para el procesado que ahora ha sido exculpado una pena de un año y medio de prisión.
Los hechos por los que el procesado se sentó en el banquillo de los acusados hace un mes tuvieron lugar el 1 de febrero de 2025 en una antigua sucursal bancaria okupada situada en el número 25 de la avenida de Gabriel Alomar i Villalonga de Palma. El acusado pernoctaba en dicho local junto con otras personas. En un momento dado, al huir de dos mujeres que le perseguían, se metió en el habitáculo donde dormía la denunciante. Esta se encontraba acostada en su cama. "No ha quedado acreditado que la tocara", resalta la sentencia en los hechos probados.
Durante su comparecencia en el juzgado, el procesado negó en todo momento haber agredido sexualmente a la denunciante. Entonces llevaba viviendo unos dos meses en la antigua sucursal y aseguró desconocer por completo a la denunciante. Al parecer en esos momentos se encontraba hablando en un tono alto con otra persona y una residente en el inmueble se ofendió y alertó a otra. Ambas empuñaron palos y le persiguieron con la intención de agredirle. Él entonces emprendió la huida. Sin embargo, estas le alcanzaron y le golpearon. Hasta el punto de hacerle una brecha en la cabeza. Este se refugió en el habitáculo donde estaba la mujer que luego le denunció. Negó haberle hecho tocamientos. De hecho afirmó que se limitó a sujetar la puerta, para evitar que la abrieran, y le golpearon en los dedos.
"Muy afectada"
Por su parte, la denunciante declaró en el juicio que el día de autos se despertó al oír una voz mientras estaba dormida. Ella se quedó quieta, pero a los cinco o diez minutos entró el procesado. Este le conminó a quedarse callada y le alcanzó en un momento para tocarle una pierna y declaró en la vista oral que no le había realizado tocamientos en los pechos ni en sus partes íntimas. Sin embargo, al preguntarle la fiscal por su manifiesta contradicción con su versión inicial dijo recordar en ese preciso instante que este le "había tocado los pechos". La expareja de esta declaró que ella le había comentado que el acusado "le había tocado en sus partes". También afirmó que le atacó al encausado por este motivo y por haberles roto la puerta. Finalmente, esta mujer afirmó sentirse "muy afectada" psicológicamente tras los hechos.
Por el contrario, la magistrada valoró las declaraciones de testigos de la defensa. Estos explicaron que el procesado huía después de que dos mujeres le persiguieran con palos y entró en el habitáculo de la mujer de forma momentánea "para poder defenderse". A raíz de esta reconstrucción de los hechos, se dictó el fallo absolutorio.
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