Condenado a un año de prisión un auxiliar de enfermería por una agresión sexual a una paciente inconsciente en Palma
El sanitario se aprovechó de que la víctima se encontraba bajo una intoxicación etílica para realizarle tocamientos en la vagina y en los pechos

El auxifliar de enfermería condenado a un año de prisión por agresión sexual a una paciente en Palma durante el juicio este martes en la Audiencia.

La Sección Primera de la Audiencia de Palma ha condenado a un año de prisión a un auxiliar de enfermería de la Clínica Juaneda por la agresión sexual a una paciente cuando esta se encontraba inconsciente. La sentencia le inhabilita para ejercer su profesión durante un periodo de cuatro años.
Los hechos por los que el acusado, de 48 años, ha sido condenado tuvieron lugar entre la medianoche y las 11 de la mañana del 11 de octubre de 2021 en uno de los boxes de urgencias de la Clínica Juaneda de Palma. Una paciente se encontraba tumbada en la cama inconsciente, como consecuencia de una intoxicación etílica. Tenía los ojos cerrados y no podía moverse.
En un momento dado, el auxiliar de enfermería "con ánimo libidinoso", según precisa el fiscal en su escrito de acusación, se aprovechó del estado de indefensión de la paciente para realizar tocamientos en la vagina debajo de su ropa interior y le tocaba los pechos por debajo del sujetador. Esta acción la repitió tres o cuatro veces cuando no había nadie más presente y cesaba cuando alguien entraba.
En un principio, la fiscal pedía para el acusado una pena de cinco años de prisión por un delito de agresión sexual. No obstante el abogado defensor al ahora condenado, el abogado Tomeu Salas, ha alcanzado un acuerdo de conformidad con la representante del ministerio público por el que la sentencia se ha rebajado a un año de prisión, al apreciar la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas.
Cuatro años de inhabilitación
La sentencia dictada en el acto también contempla la inhabilitación para el condenado para ejercer la enfermería durante un periodo de cuatro años. Asimismo estable la prohibición de acercarse a la víctima a menos de 500 metros o de comunicarse con ella durante un periodo de cuatro años.
El ingreso en prisión del procesado ha quedado en suspenso con la condición de que indemnice a la víctima con la suma de 5.000 euros en un plazo máximo de seis meses y de que no cometa ningún otro delito en un periodo máximo de cuatro años.
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