Condenado a dos años de prisión por mostrar pornografía y abusar de una niña de ocho años en un piso de Palma
El acusado ha pagado antes del juicio 6.000 euros a los padres de la menor para cubrir la indemnización por daños morales

El condenado por abusos a una niña de ocho años y por mostrarle pornografía, en el juicio. / Lorenzo Marina

La Sección Primera de la Audiencia de Palma ha condenado a dos años de prisión a un hombre, de nacionalidad colombiana, por mostrar pornografía y abusar sexualmente de una niña de ocho años en un piso de Palma que compartía con la víctima y con sus padres. Con carácter previo al juicio, el procesado ha consignado la suma de 6.000 euros para cubrir la indemnización a la menor por daños morales. Al alcanzar un acuerdo de conformidad, la fiscal ha accedido a rebajar su petición de cinco años y medio de prisión a dos. El ingreso en prisión del procesado ha quedado en suspenso.
Los hechos que se han enjuiciado este miércoles en la Sección Primera de la Audiencia de Palma tuvieron lugar sobre la una de la tarde de 16 de junio de 2021 en un domicilio de Palma. El ahora condenado compartía un piso con un matrimonio y suhija de ocho años de edad.
Al aprovechar que la menor se encontraba sola en el salón del domicilio viendo la televisión, el hombre se acercó a la niña y le comenzó a mostrar vídeos e imágenes de contenido pornográfico "con intención libidinosa", según recoge el fiscal en su escrito de acusación.
La menor le expresó su negativa a seguir viendo esas imágenes. Entonces el sujeto comenzó a realizarle tocamientos en la vagina por encima del pantalón del pijama. Luego se desabrochó su pantalón y llevó la mano de la niña para intentar que le tocara el pene, pero la niña se resistió y no lo logró.
11 años de alejamiento
La fiscal pedía inicialmente para el procesado una pena de nueve meses de prisión por exhibición de material pornográfico a menor de edad y cuatro años y seis meses por un presunto delito de abuso sexual a menor de 16 años. Tras consignar el acusado antes del juicio 6.000 euros para cubrir la responsabilidad civil, la representante ha rebajado la solicitud de pena a dos años de prisión, al apreciar las atenuantes de reparación del daño y dilaciones indebidas.
El ingreso en prisión del procesado ha quedado suspendido al no superar la condena los dos años de cárcel y carecer de antecedentes penales. También se ha suprimido la expulsión del territorio nacional del procesado, de nacionalidad colombiana, al considerar que tiene arraigo. La sentencia 'in voce' también le prohíbe acercarse a la víctima a menos de 300 metros y comunicarse con ella durante un periodo de 11 años. Par que no ingrese en el penal, no debe cometer ningún delito en los próximos cinco años ha de realizar un curso de educación sexual.
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