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Condenado un exhibicionista por masturbarse ante menores en un parque de Palma

El procesado deberá pagar una multa de 1.080 euros tras reconocer el delito de exhibicionismo con la agravante de reincidencia

El exhibicionista condenado durante el juicio celebrado en Vía Alemania.

El exhibicionista condenado durante el juicio celebrado en Vía Alemania. / Lorenzo Marina

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Lorenzo Marina

Lorenzo Marina

PALMA

Un exhibicionista se masturbó ante unas menores en un parque de Palma mientras les instaba a que se acercaran a él. El autor de estos hechos, de 53 años, se ha sentado este jueves en el banquillo de los acusados en los Juzgados de Vía Alemania para responder de un delito de exhibicionismo. Tras reconocer los hechos, ha sido condenado al pago de una multa de 1.080 euros por este delito, con la agravante de reincidencia.

Los hechos por los que este individuo ha sido condenado en Vía Alemania ocurrieron sobre las nueve y media de la noche del 17 de mayo de 2022 en el parque palmesano de Son Gibert. Este hombre "con ánimo libidinoso", según recoge el fiscal en su escrito de acusación, se acercó a un grupo de niñas. Acto seguido se bajó los pantalones cuando se encontraba a escasos metros de ellas y empezó a masturbarse. Mientras mantenía este comportamiento onanista, les instaba a que se acercaran a él.

No era la primera vez que este sujeto practicaba el exhibicionismo ante menores. De hecho el 8 de noviembre de 2016 ya fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Manresa a la pena de un año de prisión por un comportamiento similar al que luego mantuvo en Palma.

Inhabilitación

En un principio, la fiscal pedía para el procesado la pena de un año de prisión por un presunto delito de exhibicionismo. Tras alcanzar un acuerdo de conformidad con su abogada defensora, esta fue sustituida por una multa de 18 meses, a razón de dos euros diarios, lo que supone una suma de 1.080 euros. La sentencia, dictada 'in voce' por el Juzgado de lo Penal número cuatro de Palma, establece la inhabilitación especial durante tres años para el ejercicio de cualquier profesión, actividad u oficio que conlleve un contacto regular con menores.

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