La Fiscalía se opone a la absolución de Pau Rigo y pide repetir todo el juicio
El ministerio público insiste en que el veredicto del jurado popular es nulo y reclama al TSJB que la vista oral se celebre de nuevo para el anciano de Porreres y los tres ladrones condenados

Pau Rigo, durante el juicio con jurado celebrado en la Audiencia de Palma. / B.RAMON

La Fiscalía quiere que Pau Rigo vuelva a ser juzgado. En un recurso presentado hoy ante el Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB), el ministerio público pide anular la absolución del anciano de Porreres que mató de un tiro a un ladrón y repetir la vista oral tanto para él como para los otros tres delincuentes que participaron en el asalto mortal en febrero de 2018. En su alegato, el fiscal Adrián Massanet incide en que el veredicto del jurado popular es nulo, ya que se cometieron diversos errores tanto en los planteamientos como en la votación.
El recurso esgrime argumentos técnicos sin entrar en los hechos probados por la sentencia de la magistrada que presidió el juicio, que primero decidió anular el veredicto y luego, a instancias del TSJB, exculpó al anciano de Porreres. La Fiscalía considera que los errores cometidos son insalvables y abocan irremediablemente a celebrar un nuevo juicio con un tribunal popular diferente. El ministerio público solicitaba inicialmente una condena de cuatro años de prisión para él por un delito de homicidio con la eximente incompleta de legítima defensa.
"Defectos" en el veredicto
La jueza señaló en su sentencia que los «defectos» en el veredicto del jurado popular, que se alcanzó sin los votos suficientes para hacerlo, que Rigo cometió el homicidio bajo una «perturbación mental». La magistrada argumentó que «la duda de lo que realmente quisieron revelar» los miembros del tribunal popular la llevaban a aplicar el principio in dubio pro reo. El fallo impuso penas condenas de casi cinco años de cárcel a Fredy Escobar Benítez -hermano del fallecido-, José Antonio Sánchez Lara y Marcos Rotger Vidal por su participación en el asalto, cometido el 24 de febrero de 2018. La resolución llegó tras un enorme embrollo jurídico por los errores en sus planteamientos al jurado popular, que la llevaron a anular y ordenar repetir el juicio sin sentencia, decisión corregida por el Tribunal Superior de Justicia.
De acuerdo con la sentencia, los hermanos Fredy y Mauricio Escobar, José Antonio Sánchez y Marcos Rotger acordaron cometer un robo en el domicilio donde vivían Pau Rigo y su mujer, una casa de campo a las afueras de Porreres. Aprovecharon que Sánchez conocía la vivienda y las actividades económicas del anciano. En la mañana del 24 de febrero de 2018 los cuatro acudieron al lugar. Los dos hermanos se dirigieron a la casa con las caras tapadas con pasamontañas, y con patas de cabra para abrir la caja fuerte, guantes, bridas y cintas de carrocero. Esperaron en el jardín a que Rigo saliera y cuando lo hizo le taparon la boca para que no gritara y lo llevaron al interior. Fredy llevó al anciano hasta el sótano, donde este le entregó 15.000 euros que había en la caja fuerte mientras Mauricio vigilaba a la mujer en el piso superior.

Redacción
Tras meter el dinero en unas mochilas, exigieron a gritos y con empujones a Pau Rigo más dinero. Pero no había. El anciano, atemorizado por las amenazas de muerte recibidas en el primer atraco, cogió una escopeta que ya tenía cargada y disparó a los hermanos. Mauricio recibió un tiro en el estómago y murió desangrado. Rigo trató de cargar de nuevo el arma, pero Fredy se abalanzó sobre él y «con ánimo de salvar su vida», le golpeó varias veces y huyó.
"Una mayoría insuficiente"
La magistrada incidió en la sentencia en que el veredicto del jurado declaró que Rigo actuó bajo «una grave perturbación psíquica producida por el temor y por la vivencia pasada», en alusión al primer atraco. Este miedo «afectó, sin anular, su nivel de consciencia». Sin embargo, recuerda que esta circunstancia contó con cinco votos a favor y cuatro en contra,«una mayoría insuficiente» para condenar al anciano. En el resto de votaciones, el jurado descartó tanto el homicidio intencionado como la legítima defensa y la anulación total del entendimiento.
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