Indemnización

Condenan al Ayuntamiento de Antella (Valencia) a pagar 3.000 euros por los ladridos de un perro

La justicia castiga la "pasividad" del ayuntamiento ante las quejas de un vecino que presentó mediciones acústicas para alertar de las molestias que sufría | Aseguraba que no podía ni "desempeñar sus labores durante el día" ni "dormir por la noche"

Fachada del Ayuntamiento de Antella.

Fachada del Ayuntamiento de Antella. / LEVANTE-EMV

Rubén Sebastián

Tres mil euros de indemnización por soportar durante años los ladridos del perro de un vecino. Es la condena que ha impuesto la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana al Ayuntamiento de Antella y su compañía de seguros tras la denuncia presentada por un habitante de la localidad, que alegaba que el ruido que producía el animal le había ocasionado perjuicios en su estado de salud.

El denunciante apeló una primera sentencia, que ya le reconocía una indemnización, para reclamar 60.000 euros

El afectado reclamó al consistorio una indemnización de 60.000 euros "por los daños y perjuicios sufridos desde el año 2010 a consecuencia de haber omitido su obligación de comprobar los ruidos denunciados por aquél en diversas ocasiones, provenientes de los ladridos de un perro en la terraza de la vivienda ubicada frente a su domicilio", detallan los jueces del TSJ. Debido a estos, aseguraba que no podía ni "desempeñar sus labores durante el día" ni "dormir por la noche".

Si bien es cierto que los magistrados estimaron parcialmente el recurso, finalmente condenaron al consistorio a abonar al denunciante la cantidad de 3.000 euros en concepto de indemnización por los daños ocasionados.

Pero el afectado por los ladridos no se dio por satisfecho con la condena y presentó un recurso de apelación al juzgado en el que solicitaba que se revocase la sentencia. Pretendía que los magistrados se acogieses a la totalidad de sus pretensiones. Es decir, estimaba insuficiente la indemnización fijada.

Los jueces consideraron que el ayuntamiento pecó de "inactividad ante los ruidos sufridos en su domicilio por el reclamante, procedentes de los ladridos del perro al que aludía, tal y como se desprendía fundamentalmente de la prueba testifical practicada y del informe de medición acústica que había aportado".

El fallo insiste en que la cantidad fijada para la indemnización tuvo en cuenta "la duración de las molestias acústicas y los importes indemnizatorios reconocidos en otros supuestos de responsabilidad patrimonial administrativa por inactividad ante emisiones acústicas vulneradoras de los derechos fundamentales". En base, por tanto, otras sentencias, los magistrados acordaron que los 3.000 euros suponían una cuantía "adecuada y proporcional".

Tratamiento médico

La primera sentencia, de igual modo, "rechazó la indemnización pretendida por el recurrente en concepto de daños físicos y psíquicos padecidos consistentes en cuadro ansioso depresivo, daños acerca de los cuales, señalaba el juzgador, no existía prueba de que tuvieran su causa en las molestias acústicas", argumenta el nuevo fallo. Este también añade: "Si bien mediante los informes médicos aportados a autos por aquél ha quedado acreditado que desde junio del año 2019 padece un cuadro de ansiedad, tratado con medicación, lo que no consta debidamente justificado es que la citada dolencia tenga su causa en las molestias acústicas: dichos informes médicos se limitan a incorporar las manifestaciones subjetivas del paciente en cuanto ‘refiere’ que las circunstancias desencadenantes de su estado son debidas a los ladridos de un perro del vecindario. No se encuentra probada, en definitiva, la existencia de nexo causal entre esos trastornos físicos y psíquicos y las expresadas molestias acústicas".

En su alegato, hizo referencia a que sufría un cuadro de ansiedad, aunque el fallo no ve una conexión directa

Con todo, los jueces se reafirman en que el consistorio vulneró "sus derechos fundamentales a la intimidad personal y familiar y a la inviolabilidad domiciliaria" en su pasividad a la hora de afrontar las quejas del vecino.