Tribunales
Ratifican los 10 años de cárcel para el condenado por provocar el suicidio de un menor en Villarreal
El procesado amenazó al joven con mensajes de WhatsApp hasta provocar que se quitara la vida
Sara Ríos
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial de Castellón que condenó a diez años de cárcel a un vecino de Moncofa por homicidio doloso de un menor de Villarreal al considerar que el joven fue acosado, hostigado y amenazado a través de mensajes de WhatsApp hasta provocar que se quitara la vida hace más de seis años. El fallo llegó después de un mediático juicio debido a los hechos narrados y a una declaración de culpabilidad por parte del jurado popular el pasado mes de julio.
En una larga sentencia de más de 50 folios a la que ha tenido acceso Mediterráneo, el TSJCV rechaza el recurso de apelación presentado por el acusado de 62 años, Vicente Paradís, el cual pedía su absolución. De igual modo, también rehúsa el recurso formulado por la acusación particular, es decir, por los padres del joven fallecido, donde se pedía que se tuviera en cuenta el agravante de superioridad así como que se fijara la pena en la mitad superior, aunque no les impone las costas del mismo, como sí hace con el procesado. La familia solicitó 15 años de prisión durante la celebración del juicio.
«Analizados los hechos tal y como nos vienen declarados, cabe concluir con el juzgador de instancia que el hoy recurrente no fue ajeno, al contrario, al impacto emocional que, fruto de aquella asimetría, estaba causando en la víctima permitiendo, con su indiferencia al resultado y de conformidad con la doctrina de la imputación objetiva, la entrada del dolo eventual y su condena como autor por un delito de homicidio doloso sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad», señala el fallo casi en la parte final del mismo.
119 mensajes en tres horas
De igual modo, la sentencia recoge que ha quedado claro que, de la conversación mantenida por Paradís con el menor y del resto de pruebas practicada, «se desprende más allá de toda duda razonable que este con sus mensajes amenazantes reiterados, en casi tres horas fueron 119, y representándose el peligro para la vida del joven, ya que este le suplicó que parara unas cincuenta veces y le comunicó al menos en diez ocasiones su intención de suicidarse si no lo hacía, creó el riesgo, jurídicamente desaprobado, de que el resultado mortal que se cernía sobre el menor se hiciera realidad».
Por tanto, ahora el TSJCV avala la decisión de la Audiencia de que el acusado es culpable de causar la muerte de forma voluntaria al menor y considera válida la principal prueba incriminatoria, es decir, que la extracción de todos los mensajes del teléfono móvil del fallecido se efectuó cumpliendo la cadena de custodia del terminal. Así da por buenos los mensajes del acusado al menor tales como «cuando se hace esto es para follar, así que atente a las consecuencias» y «si yo te hiciera ahora chantaje, ¿qué harías?», «tú te metiste en este problema y lo vas a pagar», «si te suicidas les dejarás el marrón a tus padres», «vas a llorar lágrimas de sangre delante de los jueces y de tus padres».
Indemnización a la familia
Además de la pena de cárcel, Paradís, que sigue libre por estos hechos, fue condenado por la Audiencia a indemnizar a los padres del joven fallecido con 146.000 euros y a su hermano con 27.000 en concepto de responsabilidad civil. Los progenitores, que declararon como testigos en el juicio, siguieron cada una de las sesiones desde la sala con gran emoción y consternación por lo sucedido. Tras conocer el veredicto el pasado mes de julio, aseguraron en declaraciones a este periódico que, por fin, se había «hecho justicia» y su hijo «descansaría en paz».
La sentencia del TSJCV puede recurrirse ante el Supremo.
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