El fiscal no consideró ayer que el trastorno de delirio crónico místico-religioso diagnosticado a la acusada de agredir a sacerdotes en iglesias de Palma fuera lo suficientemente agudo como para exculparla de los delitos. De hecho el ministerio público, en contra del dictamen de los psiquiatras forenses que la exploraron, solo apreció la eximente incompleta y su tratamiento psiquiátrico en un centro.

Durante la última sesión del juicio celebrado en la Sección Primera de la Audiencia de Palma a una mujer por agredir a distintos sacerdotes en diversas iglesias de Palma, el fiscal modificó su petición inicial de prisión y la rebajó para la procesada. No obstante, mantuvo penas de cárcel por diversos delitos. Entre estos se encuentran amenazas, maltrato, lesiones, atentado contra el sentimiento religioso por interrumpir la liturgia y un robo con violencia en grado de tentativa.

Al exponer sus conclusiones, el fiscal salió al paso de las valoraciones de los psiquiatras forenses que exploraron a la procesada durante la prueba pericial. «Las consideraciones médico-forenses no nos han sacado de dudas», afirmó.

En este sentido, el representante del ministerio público aludió a «contradicciones» de alguno de los facultativos al modificar su informe inicial por otro en el que se indicaba que la encausada no era consciente de sus actos. «No hay un pronunciamiento claro», recalcó.

Así, la acusación pública criticó abiertamente que alguno de estos especialistas hubiese cambiado que las facultades mentales y el raciocinio de la procesada pasaran de estar «moderadamente afectadas» a «severamente afectadas».

Mientras los especialistas señalaron que el delirio místico-religioso del procesada estaba circunscrito a estos estímulos y surgían al toparse con ellos, el fiscal aludió a una premeditación de la acusada para ir en su búsqueda. «Esta señora busca esa situación. Se levanta por la mañana y va a buscarlo. Parte de unas situaciones en las que no existe ese estímulo».

Por último, el ministerio público lanzó una serie de cuestiones por las cuales, a su juicio, no procedía aplicar la eximente incompleta del delito para la acusada. «¿Todo lo relacionado con el delirio qué es? ¿Dónde está ese límite?», se preguntó.

Por su parte, la acusación particular, en representación del Obispado, se adhirió a la solicitud del fiscal. «Hay un delirio religioso y hay un desencadenante. En la práctica es enormemente difuso. No es una eximente completa», puntualizó el letrado Miquel Arbona.

«Un caso claro de inimputable»

En este sentido, este abogado negó que las reacciones de la acusada fueran descontroladas. «¿Por qué existe el control y luego no ?¿Cuándo actúa?», preguntó.

En cambio, la abogada defensora de la procesada, María del Mar de la Loma, se ciñó al diagnóstico formulado por los psiquiatras forenses para reclamar la eximente completa de la encausada de todo tipo de responsabilidad penal. «Si no se hubieran acumulado, todos serían delitos leves», insistió.

La letrada solicitó que la procesada fuera internada para estar sometida a tratamiento psiquiátrico durante un año y medio. A la hora de exponer sus conclusiones esta abogada recalcó que todos los especialistas que habían comparecido en la sala apreciaron en ella un trastorno crónico de delirio místico-religioso y que esta representa «un caso claro de persona inimputable».