La Audiencia de Alicante ha condenado a dos años de prisión a un hombre que abusó de su hija en El Campello tras dormirla echándole benzodiazepinas en el batido, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. Inicialmente desde la Fiscalía se pedían seis años de prisión por los abusos sexuales, pena que se redujo tras cerrarse el acuerdo. El fallo considera probado que el procesado realizó tocamientos libidinosos a la pequeña mientras ésta se encontraba dormida. La víctima contaba con once años de edad cuando ocurrieron los hechos, durante el verano de 2020. El acusado, de 58 años de edad, se declaró culpable en el juicio que se cerró con una conformidad en la Sección Primera de la Audiencia alicantina. El procesado tenía tres hijas en común con la que había sido su pareja y tras la separación mantenían un régimen de custodia compartida con las menores.

El fallo ve acreditado que los abusos se produjeron en dos ocasiones, el 27 de julio y el 2 de agosto de 2020, fechas en las que dos de las niñas se encontraban con el procesado en cumplimiento del régimen de custodia. Según relata la resolución, el acusado les dio a las dos un batido que contenía benzodiazepinas por lo que se quedaron dormidas en seguida. Más tarde, "con la intención de satisfacer su deseo sexual" realizó tocamientos a su hija, que se despertó en mitad de la noche con las bragas manchadas con "una especie de crema". La víctima se cambió la ropa interior, pero al despertarse por la mañana, vio que sus bragas estaban cortadas por un cuchillo u otro objeto cortante.

El 2 de agosto, último día que la menor iba a pasar con su padre, el procesado nuevamente ofreció otro batido a su hija con la misma sustancia estupefaciente. La joven se quedó dormida en el sofá, lo que aprovechó el padre para volver a realizarle tocamientos. A mitad de la noche, la niña se despertó observando que sus pantalones de pijama y sus bragas estaban como cortadas y rotas. El procesado estaba desnudo y le preguntó "¿te he hecho daño?", relata la sentencia. La menor se fue al cuarto de baño para cambiarse y exigió a su padre a que la llevara con su abuela materna, algo a lo que éste se negó.

La madre presentó la denuncia a los pocos días tras conocer lo ocurrido y la causa ya ha llegado a juicio, cerrándose con una conformidad entre la defensa, la Fiscalía y la madre de la víctima, personada como acusación. Un acuerdo en el que el procesado ha admitido todas las acusaciones y ha pagado 10.000 euros a su hija como indemnización por los daños morales.

En la causa estaba aportado un informe psicológico que daba credibilidad al relato de la menor.

Orden de alejamiento

El fallo le impone una pena de dos años de prisión, que le será suspendida y no tendrá que ingresar en un centro penitenciario con la condición de que no vuelva a delinquir en los próximos cinco años. Asimismo se le impone una orden de alejamiento por la que no podrá acercarse a la menor durante nueve años, ni comunicar con ella. Asimismo se le ha impuesto que participe en programas formativos de educación sexual. En caso de incumplir estos extremos, tendría que ingresar en un centro penitenciario para cumplir la condena. Al haberse cerrado con un acuerdo, la condena es firme y contra ella no hay posibilidad de recurso. La sentencia se dictó in voce en la propia sala, manifestando todas las partes que no tenían intención de recurrirla.