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Tribunales

Tres años de cárcel para la conductora ebria que mató a un motorista en Palma y huyó

El juez la condena por homicidio imprudente y omisión del deber de socorro con tres atenuantes

La joven condenada, a la derecha, durante el juicio. Guillem Bosch

El juez ha condenado a tres años de prisión a la conductora ebria que mató a un motorista tras realizar un giro prohibido y se dio a la fuga en febrero de 2019 en Palma. La sentencia, dictada tras el veredicto del jurado popular, concluye que la mujer fue consciente del atropello y decidió huir del lugar. Por ello la declara autora de delitos de homicidio imprudente, conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas y omisión del deber de socorro. El magistrado aprecia tres atenuantes: colaboración con la justicia, reparación del daño y embriaguez.

El accidente ocurrió poco después de la medianoche del 15 de febrero. La condenada, de 29 años, había estado tomando cervezas y circulaba con su coche por la calle Alfons el Magànim. Al llegar a la confluencia con la calle Sant Vicenç de Paül realizó un giro a la izquierda, prohibido por varias señales diferentes. Entonces se llevó por delante a un motorista de 40 años, que circulaba correctamente y con su semáforo en verde.

La víctima quedó malherida en el suelo, con lesiones de extrema gravedad por las que tres días después falleció en Son Espases. La conductora, según la sentencia, fue «consciente de lo ocurrido» y miró por el retrovisor hacia el lugar donde yacía el motorista. Sin embargo, «no se bajó y prosiguió su marcha, desentendiéndose de su obligación de colaborar en obtener una rápida asistencia» para la víctima. «No pidió ayuda ni llamó al servicio de emergencias», concluye el fallo.

El juez entiende que pese a la huida de la joven el motorista «no quedó desastido» porque varios testigos dieron aviso de lo ocurrido y una ambulancia acudió enseguida al lugar. La fuga acabó diez minutos después, cuando la conductora acabó estrellándose contra un aparcamiento de bicicletas. Fue sometida a dos pruebas de alcoholemia en las que el resultado casi triplicaba la tasa máxima permitida.

Tres atenuantes

La sentencia considera a la procesada autora de tres delitos de homicidio por imprudencia, contra la seguridad vial y omisión del deber de socorro. El juez da la razón en parte a la defensa y aprecia tres de las atenuantes planteadas. Por un lado, la de colaboración con la justicia, ya que reconoció los hechos cuando fue interrogada en el juzgado. Por otro, la de reparación del daño, pues los familiares del fallecido han sido indemnizados por la compañía de seguros y, en menor medida, por la propia acusada. Y finalmente, otra de embriaguez aplicada solo al delito de omisión del deber de socorro.

Así, el magistrado le impone una condena de tres años de prisión. El fallo no es firme todavía y puede ser recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Balears.

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