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La defensa de Yéremi respalda a un testigo clave que el juez consideró viciado

La defensa de Yéremi respalda a un testigo clave que el juez consideró viciado

El abogado Marcos García-Montes -en el centro-, junto a Ithaisa Suárez, madre de Yéremi, y Juan Francisco Vargas.

Marcos García-Montes, el abogado de la familia de Yéremi Vargas, el niño que desapareció en marzo de 2007 en Los Llanos, en el municipio de Santa Lucía de Tirajana, destacó la importancia de las declaraciones de Pedro Iván Llamas en 2015, que tenía once años de edad aproximadamente cuando ocurrieron los hechos. Este testigo fue considerado clave en la causa para esclarecer qué pasó al pequeño y quién o quiénes están implicados en el mismo.

El letrado calificó como «un elemento de reproche» del auto de sobreseimiento de la causa de Yéremi Vargas que fue dictado el 25 de octubre de 2017 por el titular del Juzgado de Primera Instancia número dos de San Bartolomé de Tirajana, el hecho «de dudarse por parte de su señoría si las declaraciones [por parte de Pedro Iván Llamas] estuviesen viciadas por las imágenes vertidas por los medios de comunicación».

El abogado, con bufete en Madrid, defiende que no estuvieron viciadas porque «lo cierto es que esa declaración policial fue anterior a la emisión de imágenes de Antonio Ojeda, hablamos concretamente de la entrevista en el espacio Espejo Público, por Atresmedia Comunicación, que a pesar de haberse realizado en marzo de 2015, fue emitido en 2016».

«Es imposible que dicha entrevista haya podido ser vista por Pedro Iván en el mismo momento que se realizó o se emitió porque en esa época se encontraba cursando estudios de curso formativo de grado superior», justifica el abogado García-Montes.

Cabe recordar que las declaraciones de Pedro Iván Llamas eran sobre el vehículo blanco que vio en el lugar de la desaparición, en el solar en el que se encontraba Yéremi Vargas jugando, junto a la vivienda de sus abuelos, en la calle Honduras de Los Llanos, como también sobre el físico de la persona que hallaba en el interior del mismo.

La crítica a la consideración de una «declaración viciada» la hace Marcos García-Montes a través del escrito de 45 folios que ha presentado el 29 de julio al citado Juzgado de Maspalomas, como también al fiscal superior de Canarias y a la fiscal jefe provincial. En dicho documento la familia de Yéremi solicita la reapertura del procedimiento y la realización de una serie de diligencias, siguiendo una única línea de actuación, aquella que es contra Antonio Ojeda Bordón, conocido como El Rubio.

Funcionario

En este escrito, además de la solicitud de reapertura de la causa de Yéremi Vargas, se expone una lista de puntos sobre lo que se considera como indicios en este procedimiento. Asimismo, se incluyen los razonamientos jurídicos y un listado de propuestas de diligencias de prueba.

Entre esa docena de propuestas, está la de localizar e identificar a un funcionario del centro penitenciario de Las Palmas II, en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana. En esta prisión de Juan Grande estuvo Antonio Ojeda, El Rubio, quien cumplió una condena de cárcel de cinco años por un delito de indemnidad sexual de un menor ocurrido en 2012.

«Tal como se hace referencia en el auto de archivo de este procedimiento sobre la incidencia entre Antonio Ojeda y dicho funcionario. Es conveniente contar con la declaración directa de dicho funcionario, que se refiere en el presente escrito, para contar con su declaración testifical», indica.

Al mismo tiempo, en este nuevo escrito presentado al Juzgado de Primera Instancia número dos, se insiste en el siguiente párrafo en la necesidad de esta diligencia propuesta porque «es conveniente contar directamente con la declaración del funcionario, y no sólo la del procedimiento que es una descripción de lo acaecido [incidente entre ambos]».

En la undécima diligencia del mencionado documento, para que se remita al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), se propone la recusación del juez de instrucción Juan Manuel Hermo Costoya [titular del citado Juzgado de Maspalomas] «por la falta de respeto a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil». «Por acreditarse en el auto de sobreseimiento la falta de diligencia en la instrucción para con los investigadores policiales, poniendo en duda su bien actuar, y que ha llevado a la toma de decisiones imparciales», apunta el documento.

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