La sala de vacaciones de la Audiencia Provincial de Palma, tras ser detenidos en una operación de la Guardia Civil en Pollença el pasado 20 de julio. El Tribunal acepta el recurso presentado por las defensas de los acusados y destaca la escasa cantidad de droga intervenida en la intervención policial -en muchos casos no determinada- y la falta de atribución de hechos concretos e individualizados a los sospechosos.

La operación policial en la que fueron detenidos se llevó a cabo el pasado 20 de julio en una habitación de un hostal y en domicilio del Port de Pollença en donde residían. La Guardia Civil intervino diversas cantidades de sustancias estupefacientes y arrestó a ocho personas, acusada de formar parte de un grupo organizado que se dedicaba a traficar con droga en la zona.

Siete fueron imputados y cuatro de ellos -tres hombres y una mujer- ingresaron en prisión preventiva tras prestar declaración en el juzgado de guardia. Una medida que fue recurrida por sus representantes legales, los letrados Aina Trias y Martí Cànaves, del despacho DMT Advocats.

Los abogados argumentaron que no habían tenido acceso a las actuaciones por estar consideradas secretas, por lo que no habían dispuesto de los elementos esenciales para ejercitar el derecho a la defensa.

También adujeron que no existían indicios mínimos de criminalidad contra sus representados que justificasen la medida privativa de libertad, y que en los registros efectuados por la Guardia Civil se intervinieron cantidades mínimas de droga destinadas al consumo personal de los investigados.

En cuatro autos dictados ayer por la sala de vacaciones de la Audiencia Provincial se aceptan los argumentos de los letrados y se dicta la inmediata libertad de los cuatro encarcelados.

La Audiencia considera que los autos que acuerdan la prisión provisional de los sospechosos no determinan ni expresa indicios de criminalidad derivados de la investigación que justifique la medida de cárcel. Destaca que no se atribuyen hechos concretos ni individualizados a los distintos detenidos.

Cantidades no determinadas

El Tribunal también considera relevante la escasa cantidad de droga intervenida, y que cuya tenencia no queda acreditada. Se trata de marihuana (en cantidad no determinada); dos envoltorios de un gramo de cocaína; una piedra de cocaína de diez gramos; una bolsa con sustancia, probablemete cocaína (en cantidad no determinada); una bolsa con sustancia, posiblemente marihuana (en cantidad no determinada); diversas bolsitas con un gramo o medio gramo de cocaína; bolsitas con supuesta marihuana (en cantidad no determinada); una planta de marihuana (en cantidad no determinada); y unos quince gramos de "mantequilla de marihuana". La Audiencia tiene en cuenta que tratándose de siete imputados, las cantidades no tienen una gran relevancia.

El abogado Martí Cànaves destacó ayer que se trata de unos autos "muy garantistas con el respeto de los derechos fundamentales de los detenidos".