La aseguradora Axa ha abonado 180.000 euros de indemnización a los padres de Naia, la niña de cinco años de edad que falleció el 24 de mayo del año pasado tras ingerir un helado que que le dieron como postre en el comedor del colegio La Salle de Palma, pese a que era alérgica. De esta forma concluye la acción civil contra el colegio, pero prosigue el proceso penal. Los representantes legales de los padres de la niña mantienen la acusación contra tres empleadas del centro por negligencia.

Fuentes cercanas a la familia de la niña indicaron que los padres no han mostrado ningún interés por la indemnización y ni siquiera sabían todavía que esta se hubiera hecho efectiva.

Han sido los representantes legales de los padres, los letrados Daniel Castro y Manuel Ponce, los que han negociado esta indeminazión con la compañía de seguros. Finalmente ayer se hizo efectivo el pago, del que un 50% corresponde a la responsabilidad del colegio y el otro 50% a la empresa que gestiona el comedor. Ambos están asegurados por la misma compañía de seguros, Axa, que ha abonado 180.000 euros.

Concluye así el proceso civil por la muerte de la pequeña, pero no el penal, que sigue su curso. Los representantes legales de la familia de la niña mantienen la acusación contra tres empleadas del colegio: la mujer que entregó el helado como postre de la menor, la camarera que se lo llevó, y la encargada de la enfermería que la atendió cuando sufrió el shock anafiláctico tras ingerirlo. Estas tres mujeres están imputadas por un homicidio imprudente, al igual que una médico del 061.

Los forenses concluyeron que Naia falleció a causa de la ingesta de un helado que contenía proteína de la leche, al que la niña era alérgica, lo que le causó un shock anafiláctico. En su informe especifican que una inyección de adrenalina , que llevaba siempre en su mochila, podría haberle salvado la vida, pero el centro educativo no contaba con personal sanitario cualificado para actuar ante un caso como este. Solo disponía de una auxiliar de enfermería que no supo detectar los síntomas correctamente.

El mismo informe de los forenses exonera de responabilidad a los sanitarios del 061 y considera que las manifestaciones de la auxiliar de enfermería les indujeron a error. Este es el motivo por el que los abogados de la familia no acusan a la médico del servicio de emergencias sanitarias.

La niña llevaba siempre en el comedor una tarjeta que alertaba que era alérgica a la leche y que no podía ingerir ningún derivado lácteo. Además en su mochila tenía una inyección de adrenalina con instrucciones para que se la administraran en el caso de que sufriera un shock anafiláctico.

Ninguna de estas advertencias fueron tenidas en cuenta el 24 de mayo del año pasado, cuando falleció la pequeña.