Pese a que en noviembre del pasado año dictó una condena de cuatro años y nueve meses contra Renata G. por el atropello mortal de la adolescente Paula Fornés en sa Ràpita,Paula Fornés en sa Ràpita el titular del Juzgado de lo Penal número 3 de Palma consideró que ayer no era aún el momento para que la conductora ingresara en prisión. Dicha sentencia condenatoria fue ratificada posteriormente por la Audiencia de Palma.

Durante la vista celebrada ayer en el juzgado, el magistrado Fernando Ruiz Rico ponderó las dificultades que planteaba para la ejecución de la sentencia la ausencia de personal en los órganos judiciales por la alerta sanitaria del coronavirus. También valoró la intención de la procesada de interponer un recurso de casación ante el Supremo

De un lado, el fiscal y los abogados Daniel Castro y Manuel Ponce, que ejercen la acusación particular en representación de la familia de Paula Fornés, coincidieron en solicitar el ingreso en prisión de Renata G., de 48 años. Máxime después de que la Audiencia Provincial ratificara la sentencia dictada por el propio juez del Penal 3 en todos sus extremos. Del otro, el abogado defensor de la condenada, Miquel Àngel Ordinas anunció su intención de interponer un recurso de casación ante el tribunal Supremo y planteó que no era momento del ingreso en prisión.

Los letrados de la acusación argumentaron que no enviar a prisión a la conductora que arrolló mortalmente a Paula Fornés multiplicaba el riesgo de fuga de la condenada. En este sentido, los abogados recordaron que la sentencia consideraba probado que la conductora había usado un carné falsificado. No obstante, el juez se decantó por la tesis de la defensa y valoró las circunstancias excepcionales por la ausencia de personal debido a la alerta sanitaria.

Este mismo juez condenó a cuatro años y nueve meses a Renata G por el atropelló mortal de Paula Fornés en sa Ràpita (Campos), la madrugada del 24 de junio de 2018 durante la Nit de Sant Joan.

De acuerdo con los hechos probados recogidos en la sentencia, el atropello tuvo lugar sobre las dos de la madrugada de dicho día. Renata G. conducía el coche de su marido, que no tenía suscrita la póliza de seguro obligatorio, por la avenida Miramar de sa Ràpita.

La resolución judicial consideró que la mujer tenía sus facultades mermadas por el consumo de alcohol y además iba mirando el teléfono móvil. Estas dos circunstancias hicieron que no se diera cuenta de que invadía el carril destinado a peatones y a ciclistas.

El coche arrolló a Paula Fornés, de 15 años, que le causó la muerte en el acto. Una amiga suya resultó herida. No obstante, la conductora dio un volantazo tras el atropello, que obligó a otra conductora a frenar en seco, y huyó del lugar.

"Extrema gravedad"

Renata G. prosiguió su camino y fue interceptada en una plaza cercana por dos testigos, que la retuvieron. Cuando los agentes de la Policía Local de Campos llegaron al lugar, la conductora cuadruplicó la tasa máxima de alcoholemia. Como no tenía carné de conducir en vigor, exhibió a los policías un permiso polaco falso.

El juez calificó en la sentencia los hechos que rodearon el atropello mortal de Paula Fornés de "extrema gravedad", ya que la conductora se había dado a la fuga después de arrollarla. También consideró que Renata G. actuó "incumpliendo las más elementales normas de solidaridad humana". Asimismo estipuló que debía indemnizar con una suma de 173.688 euros a los padres y el hermano de Paula Fornés y una compensación de 916 euros para la menor herida.