La Audiencia de Palma ha dejado en libertad provisional a una madre presa en la ciudad para que pueda amamantar a su bebé de ocho meses por razones humanitarias y porque prima el interés superior de la menor, que quedó en situación de desamparo debido a la separación forzosa de su progenitora cuando esta ingresó en la cárcel el pasado martes.

El tribunal de la sección segunda destaca en un auto donde modifica la situación personal de la condenada por un delito de trata de seres humanos que la interrupción súbita y forzada de la lactancia materna "no puede sino ocasionar perjuicios de difícil reparación" para la bebé. Por ello, deja libre a la mujer para que pueda estar con su hija y amamantarla, cosa que no fue posible en el centro penitenciario de madres de Palma por motivos y criterios de organización interna.

Riesgo de fuga

Sin embargo, la sala incrementa las medidas de seguridad y cautelares para evitar el riesgo de fuga existente. Así, obliga a comparecer a la mujer cinco días a la semana, le retira el pasaporte, le prohíbe obtener un duplicado de este documento y le prohíbe también acudir al aeropuerto de Palma y a cualquier puerto de la isla y abandonar Mallorca.

Además, la Audiencia Provincial ha ordenado facilitar una foto de la condenada, de origen nigeriano, a las fuerzas de seguridad destacadas en el aeropuerto y en puertos de la isla para prevenir a los agentes y evitar que la mujer pueda huir.

Ayer por la mañana, se le notificó la resolución judicial a la afectada, que pudo salir de la cárcel, y se le informó también de que si incumple alguna de estas medidas volverá a prisión preventiva.

La mujer fue encarcelada el pasado martes por orden de la Audiencia de Palma tras ser condenada a seis años y medio de prisión por los delitos de trata de seres humanos, prostitución coactiva e inmigración ilegal, ya que captó a una joven compatriota en Nigeria, se encargó de su traslado a Europa en patera con la falsa promesa de trabajar de camarera y, una vez llegó a Mallorca en avión, la obligó a prostituirse en dos locales de alterne de Inca.

Tras notificarle la sentencia condenatoria, las acusaciones pidieron su ingreso en prisión. El tribunal acordó que fuera trasladada a la cárcel en calidad de preventiva acompañada de su hija de ocho meses al considerar que madre e hija serían admitidas en la prisión por existir un módulo de madres.

Sin embargo, el centro penitenciario declinó aceptar a la bebé, quien tuvo que quedar al cuidado de una conocida de la madre.

La abogada defensora recurrió la decisión por motivos humanitarios. Ahora, la sala ha decretado su inmediata puesta en libertad, "habida cuenta de la situación de desamparo, desarraigo y desconcierto en que se vislumbra queda su hija, bebé lactante, que habría de sufrir la separación forzosa de su madre en un periodo tan delicado y esencial para el desarrollo de toda persona como lo es el de la lactancia materna".

El auto añade que la súbita y forzada interrupción de la lactancia materna no puede sino ocasionar perjuicios de difícil reparación para la menor. Además, la resolución judicial hace referencia al artículo 3 de la Convención sobre Derechos del Niño que establece que en todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será "el interés superior del niño".

Por todo ello y por razones humanitarias, la sala liberó ayer a la madre, si bien, aumentó las medidas de seguridad sobre ella para eliminar el riesgo de fuga.

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