La Audiencia de Palma ha condenado a un hombre a doce años de prisión por abusar y violar a su hijastra de forma reiterada desde que tenía ocho años hasta los doce en los dos domicilios familiares en los que residieron en la ciudad.

El tribunal de la sección primera le ha impuesto la pena máxima que solicitaba la fiscalía como autor responsable de un delito continuado de abusos sexuales con acceso carnal. La sala destaca la gravedad de los hechos y la situación de prevalimiento del acusado, de 34 años y origen ecuatoriano, quien se aprovechó de su posición de superioridad respecto a la víctima, ya que ejercía el rol de figura paterna debido a que el progenitor biológico de la niña había fallecido.

Además, la sentencia tiene en cuenta tanto el prolongado lapso temporal en el que sucedieron los hechos como la progresión de la intensidad de los actos sexuales a los que el padrastro sometió a la menor hasta penetrarla vaginalmente de forma reiterada.

La perjudicada fue sometida también a una gran presión y se la conminó a soportar los abusos tras instaurar en ella un sentimiento de culpa "asentado en la fractura familiar y económica" y en el empeoramiento para la salud de su madre enferma que supondría su revelación. La niña, como consecuencia de los hechos, sufrió un estado de ansiedad y angustia que se manifestaba en forma de dolores de barriga, vómitos, diarreas y dolores de cabeza nocturnos y un descenso del rendimiento escolar, así como un profundo sentimiento de soledad "derivado de la ausencia de apoyo familiar en tanto su madre y su hermana se negaban a otorgar credibilidad a su relato", según detalla la sentencia.

Libertad vigilada

Además de los doce años de cárcel, la sala ha condenado al padrastro a diez años de libertad vigilada, la prohibición de aproximarse y comunicarse con la víctima durante catorce años y el pago de una indemnización de 8.000 euros por los daños morales que le causó. El tribunal subraya las importantes secuelas que padece la niña, que todavía está sujeta a un tratamiento terapéutico desde octubre de 2016.

Según se declara probado, el encausado, con una condena anterior en 2014 por un delito de violencia doméstica, convivía en un domicilio de Palma junto con su compañera sentimental, las dos hijas de esta y un hijo común de ambos.

El hombre, en el marco de esta relación de convivencia familiar y sirviéndose del rol de figura paterna que había asumido respecto de la víctima, cuyo padre biológico había muerto, la sometió a tocamientos íntimos cuando ambos se hallaban a solas en casa y ella contaba con ocho o nueve años.

También la obligaba a realizarle tocamientos a él en su zona genital e incluso a hacerle una felación. Primero, los abusos tenían lugar con menor frecuencia, pero luego se sucedieron de forma reiterada y constante en otro domicilio situado en Palma desde principios de 2014 hasta las primeras semanas de mayo de 2016, cuando su hijastra tenía entre diez y doce años.

El padrastro aprovechaba las ocasiones en las que ambos se encontraban a solas en la vivienda y conducía a la niña a la habitación de su hermana o al dormitorio de su madre, donde le realizaba tocamientos íntimos, la obligaba a tocarle en sus genitales hasta que finalmente la violaba, causándole dolor. La perjudicada sufrió la rotura de la membrana himeneal y presentaba síntomas de tristeza, ansiedad y soledad. Esta sintomatología desapareció cuando la menor ingresó en un centro de acogida después de que el Consell de Mallorca declarara su situación de desamparo a mediados de mayo de 2016. La menor arrastra severas secuelas derivadas de estos hechos y sigue en tratamiento.