Un juez de Palma, en una nueva sentencia pionera, impone a tres ladronas la prohibición de acercarse a menos de cien metros de distancia de cualquier supermercado de la marca Lidl de Mallorca durante dos años. Esta imposición forma parte de la condena con la que las acusadas se conformaron por intentar robar, de forma organizada, dos carritos de compra cargados de productos por un valor de casi 800 euros de uno de los supermerados que la cadena tiene en la barriada de Camp Redó.

Los hechos juzgados ocurrieron el 28 de diciembre de 2015, sobre las ocho y media de la tarde. Tres mujeres -M.C.R., de 25 años; C.C.S., de 28; y Soraya M.R., de 30; las dos primeras con antecedentes penales- entraron en el Lidl ubicado en la calle Leocadia de Togores, en la barriada palmesana de Camp Redó. Puestas de acuerdo para cometer un robo con el máximo beneficio económico, llenaron dos carros con productos del establecimiento y salieron por la puerta sin pagar. Sin embargo, fueron interceptadas a la salida y retenidas hasta la llegada de la Policía, que las arrestó. El valor de los productos que pretendían robar era de 785 euros.

El fiscal solicitó para las dos mujeres reincidentes dos meses y medio de prisión, y dos meses para la que no había sido condenada antes. Estas penas se podían sustituir por el pago de sendas multas. Pero además, la fiscalía asumió la petición del representante de la acusación particular, el letrado Eduardo Morey, de que se les impusiera a cada una de ellas la prohibición de acercarse a menos de cien metros de cualquier establecimiento de Lidl de Mallorca.

Llegado el día del juicio, las defensas de las tres mujeres mostraron su conformidad con la acusación. Las acusadas reconocieron los hechos y se conformaron con la petición del pena solicitada por el fiscal: dos meses y medio de cárcel para dos de ellas y dos meses para la tercera. Estas penas se sustituyen por el pago de una multa diaria de seis euros durante cinco meses para las dos primeras y de cuatro meses para la otra. Además, el juez acepta la petición de fiscalía y el representante de la acusación particular, e impone a las tres acusadas la prohibición de acercarse a menos de cien metros de cualquier establecimiento Lidl de Mallorca durante dos años. La sentencia es firme al tratarse de una conformidad.

En el caso de que cualquiera de estas mujeres fuera detectada en el plazo de estos dos años en uno de estos supermercados podría ser detenida y juzgada por un delito de quebrantamiento.