Caso Abierto - Diario de Mallorca

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Condena por dar una paliza a un cliente que entró en una discoteca con una niña

El acusado, camarero del local, discutió con la víctima por la presencia de la menor de cuatro años

Un camarero de una discoteca de Manacor ha sido condenado a seis meses de prisión por dar una brutal paliza a un cliente que entró de madrugada en el local con su hija de cuatro años. El acusado, de 34 años, recriminó a la víctima la presencia de la pequeña en el establecimiento. Durante la discusión, el empleado propinó varios golpes y patadas en el rostro y las piernas, que le causaron lesiones graves y le han dejado secuelas. El fallo de un juzgado de lo penal de Palma ha sido confirmado ya por la Audiencia Provincial.

Según consta en la sentencia, los hechos se remontan al 2 de julio de 2014. Hacia la una y media de la madrugada, un hombre entró en una discoteca de la capital del Llevant. No iba solo, sino acompañado de su hija, una niña de solo cuatro años.

Pese a que el establecimiento estaba bastante lleno a esa hora, la presencia de la pequeña no pasó desapercibida para uno de los trabajadores del local. El camarero se dirigió hacia el padre y le explicó que la entrada de menores en la discoteca estaba prohibida.

El hombre, sin embargo, se negó a marcharse. La situación degeneró en una acalorada discusión durante la que el camarero acabó dando una paliza al padre de la menor. Según considera probado la sentencia, le propinó varios golpes y patadas en la cara y las piernas.

A consecuencia de la agresión, la víctima sufrió fractura de los huesos nasales, desviación del tabique nasal, policontusiones y hematomas orbitarios. Tuvo que ser atendida en un centro hospitalario y tardó más de una semana en recuperarse. Como secuela, presenta un perjuicio estético por la desviación del tabique nasal.

Un juzgado de lo penal de Palma condenó al camarero como autor de un delito de lesiones, por el que le impuso una pena de seis meses de prisión. El hombre negó los hechos durante la vista oral y recurrió el fallo ante la Audiencia Provincial.

En su alegato, aseguraba que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia al no existir pruebas de que fue él quien causó las lesiones que presentaba la víctima. Según contó, en el local había muchas personas aquella noche.

El tribunal de la sección segunda de la Audiencia ha rechazado sus argumentos, reprochándole que habiendo tantos clientes en la discoteca no aportara testigos para ratificar su versión de lo ocurrido. Por ello, los magistrados consideran que el fallo del juzgado de lo penal fue correcto y confirman en consecuencia la condena de seis meses de prisión para el procesado.

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