La Audiencia de Palma ha absuelto a un hombre de 43 años de los delitos de agresión sexual y abuso sexual a su hijastra de 10 años en el verano de 2003 en Andratx al no haber quedado acreditados los hechos ante la falta de pruebas. El tribunal de la sección primera ha concluido que no hay elementos externos que corroboren la versión de la víctima, por lo que debe prevalecer la presunción de inocencia del acusado, que fue juzgado la semana pasada y al día siguiente de la vista oral fue puesto en libertad.

La sala detalla que la única prueba con la que cuentan es la declaración de la joven, ahora ya mayor de edad, pero su testimonio carece de otros datos externos para avalar su versión. Así, "las informaciones que han aportado los testigos son muy limitadas y periféricas, teniendo como fuente originaria la propia denunciante y se refieren a un hecho ocurrido en un momento histórico determinado hace 13 años", según recalca la sentencia. Además, el tribunal añade que se trata de informaciones "excesivamente vagas y tangenciales".

El padrastro se enfrentaba a una petición de pena del fiscal de 14 años de cárcel. Su abogado defensor, Carlos Barceló, reclamó su libre absolución.

La sala ha apreciado la falta de prueba en aspectos como la existencia de lesiones y secuelas de la víctima, que mantuvo que fue violada en su domicilio en Andratx pero no documentó ni acreditó sus secuelas, y también en las confidencias que supuestamente realizó a su padre biológico y a una amiga, quienes no comparecieron en el juicio y, por tanto, no pudieron corroborar su versión. La Audiencia también alberga dudas sobre una revisión ginecológica que le hicieron a la menor en Alemania y que según ella detectó la pérdida de la virginidad. Una tía de la víctima que la llevó al médico no recordaba el resultado de la visita ni nada más. Tampoco la hermana de la menor aclaró los hechos al dejar cabos sueltos. Por todo ello, el varón es absuelto.