El Tribunal Supremo ha elevado de tres años y medio a siete la pena de prisión para un hombre que entre 2005 y 2010 abusó en varias ocasiones de la hija de sus socios, de entre 12 y 17 años, en Mallorca. La nueva sentencia revoca la atenuante de cuasi prescripción que aplicó la Audiencia de Palma por los cinco años transcurridos entre el inicio de los abusos y la denuncia contra el procesado. El fallo, que estima en parte el recurso presentado por la acusación particular, mantiene la indemnización para la víctima en 12.000 euros.

El Supremo mantiene intactos los hechos que la Audiencia consideró probados. El procesado era copropietario de una empresa de alquiler de coches y a finales de 2005 empezó a interesarse por la hija de sus socios, que tenía entonces 12 años. Empezó con bromas y tocamientos hasta que en una ocasión, cuando llevaba a la menor a su domicilio, le pidió un beso y que le tocara el pene. Desde entonces y hasta que fue denunciado en 2010, el hombre logró que la víctima le practicara felaciones y mantuvo relaciones sexuales completas con ella en numerosas ocasiones. La menor fue sometida a tratamiento psicológico a consecuencia de estos hechos.

Cuasi prescripción

La Audiencia impuso al acusado tres años y medio de cárcel por un delito de abusos sexuales al apreciar las atenuantes de dilaciones indebidas y cuasi prescripción. Esta última, motivada por el hecho de que con el paso del tiempo la víctima llegó a querer mantener la relación con el acusado, no pidió ayuda a sus familiares durante esos cinco años y aseguró que ella habría presentado la denuncia.

Pero el alto tribunal rechaza la aplicación de esta atenuante, al entender que quienes debían velar por su integridad, sus padres, reaccionaron con rapidez en cuanto conocieron los abusos que estaba sufriendo. Así, revoca el fallo de la Audiencia y eleva la condena al procesado a siete años de cárcel.