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Tribunales

Confirman seis años de cárcel por tirar piedras a los coches en la autopista

El Supremo ratifica la pena por intento de homicidio porque el acusado actuó con intención de matar a algún conductor, aunque no hirió a nadie.

El acusado, un indigente rumano de 32 años, durante el juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Palma. B. Ramon

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a seis años de prisión para un indigente rumano por lanzar piedras a los coches desde un puente de la autopista de Inca en la Nochebuena de 2014. El fallo le declara autor de un delito de intento de homicidio por arrojar varios pedruscos de entre 300 y 400 gramos, uno de los cuales impactó en un turismo cuyo conductor tuvo que realizar una brusca maniobra para no estrellarse. Aunque solo causó daños materiales, la sentencia ratifica su intención de matar y concluye que era plenamente consciente de la posibilidad de causar un grave accidente, y que si no hubo heridos fue por causas ajenas a su voluntad.

El alto tribunal rechaza así el recurso de la defensa contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Palma. El alegato sostenía que los hechos no podían ser considerados un intento de homicidio porque no se produjo ningún resultado lesivo o, en todo caso, calificarlos como una tentativa inacabada y rebajar la pena. Pero el Supremo concluye que existen elementos suficientes para declarar el "ánimo homicida" del procesado. Por un lado, la capacidad lesiva del instrumento utilizado, piedras de un tamaño "relevante" que lanzó "con fuerza" desde una altura de 12 metros sobre vehículos que circulaban a entre 100 y 120 kilómetros por hora. Por otro, que uno de los pedruscos impactó contra un coche y obligó a su conductor a efectuar una maniobra evasiva para no estrellarse contra la mediana. Y, finalmente, la reiteración en la conducta, ya que cuando fue sorprendido tenía una piedra en la mano, lo que evidencia su intención de seguir atacando a los automovilistas.

El Supremo destaca que el acusado era plenamente consciente del riesgo que suponían sus actos y las consecuencias que podían provocar, como aseguraron durante el juicio las psicólogas forenses que lo examinaron tras su ingreso en prisión. Además, rechaza considerar la tentativa de homicidio como inacabada porque el hombre llevó a cabo todos los actos necesarios para que se produjera un desenlace trágico. Si este no se produjo, considera el tribunal, fue únicamente por la pericia o la fortuna del conductor afectado.

La defensa discutía también que no existían pruebas suficientes para considerar que el autor de las pedradas fue el acusado, poniendo en duda el testimonio del policía fuera de servicio que lo sorprendió y de los agentes que lo detuvieron. El Supremo recuerda que todos reconocieron al sospechoso sin lugar a dudas y que el tribunal de la Audiencia de Palma dio plena validez a sus declaraciones, por lo que llega a la conclusión de que no se vulneró la presunción de inocencia del hombre, como sostenía la defensa.

Los hechos ocurrieron hacia las siete y cuarto de la tarde del 24 de diciembre de 2014 en un puente de la barriada palmesana de Son Cladera que discurre sobre la autopista MA-13. El condenado, un indigente rumano de 32 años, arrojó varios pedruscos a los coches que circulaban en dirección a Palma, uno de los cuales impactó en el parachoques de un Seat León. El conductor resultó ileso gracias a la maniobra evasiva que realizó para no chocar con la mediana o el resto de automóviles que circulaban por allí. Su coche sufrió daños valorados en 570 euros.

Un agente de la Policía Local franco de servicio sorprendió al acusado tras este lanzamiento. Llevaba otra piedra en la mano que arrojó al suelo antes de emprender la huida. Cuando el agente le dio alcance, el indigente se revolvió, forcejeó con él y lanzó varias patadas hasta que llegaron otros cuatro policías para reducirlo y esposarlo. El hombre intentó agredirles, les escupió, se resistió a entrar en el furgón policial y golpeó la mampara de seguridad.

La Audiencia, en la sentencia confirmada ahora por el Tribunal Supremo, le impuso seis años de prisión por homicidio en grado de tentativa. Además, le declaró autor de otros tres delitos de daños, resistencia a agentes de la autoridad y contra la seguridad vial. Por estos le condenó a pagar una multa de 2.160 euros, que en caso de no abonar alargaría su estancia en prisión otro año y medio. Finalmente, le ordenó que indemnizara al conductor del coche contra el que impactó la piedra con 570 euros

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