­El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado el archivo de las diligencias informativas abiertas el pasado 16 de febrero para analizar si la actuación del magistrado titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Eivissa, Juan Carlos Torres, en relación al caso de Sara Calleja -la mujer que se suicidió "inducida" por su maltratador, según la Policía- eran merecedoras de algún tipo de reproche disciplinario.

Fuentes del CGPJ, explicaron ayer que el promotor de la acción disciplinaria, que abrió las diligencias, ha concluido que, si bien "existió retraso en la incoación de la causa", este "no tiene su origen en la actuación del juez titular", que causó baja por enfermedad pocos días después de que la denuncia de Sara Calleja entrara en el juzgado, "ni en la de los sustitutos temporales, que de forma rotatoria y por semanas se hicieron cargo del órgano judicial, y a quienes no se les dio cuenta de la situación del procedimiento".

En este sentido, sostiene que el retraso "fue consecuencia de la compleja y conflictiva situación del juzgado", algo que, según el acuerdo de archivo de las diligencias, "ha puesto de manifiesto la inspección realizada por el servicio de inspección" del CGPJ, desplazado a la isla los días 12 y 13 de noviembre para llevar a cabo "una inspección presencial extraordinaria" en esta instancia.

Asimismo, el promotor de la acción disciplinaria "también concluye que no hay datos objetivos que permitan mantener que el suicidio de la mujer, ocurrido el 13 de julio de 2015, obedeciera a la deficiente tramitación de la causa", señalaron las mismas fuentes.

Las apertura de diligencias informativas al magistrado titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Eivissa fue consecuencia, precisamente, de aquella inspección. Como resultado de la misma se acordó remitir el acta "al promotor de acción disciplinaria del CGPJ, por si la actuación del magistrado titular de la citada causa mereciera reproche disciplinario".

Una vez recibida este acta, el 16 de febrero el promotor de la acción disciplinaria acordó la mencionada apertura de diligencias y, en el marco de las mismas, solicitó "un informe del magistrado titular del juzgado, así como testimonio de las actuaciones" para analizar lo sucedido.