La sentencia condenatoria del tribunal de la sección segunda al policía nacional cuenta con un voto particular en contra de una magistrada de la sala que considera que el agente debería ser absuelto por los hechos ocurridos en el aeropuerto de Eivissa, es decir, por los delitos de detención ilegal y falsedad documental, que le han supuesto una condena de cuatro años de cárcel. Según detalla la juez, el arresto del ciudadano italiano se llevó a cabo "con cobertura legal" por hechos que, en principio, presentaban caracteres de delito, pudiendo el acusado haber realizado una "interpretación demasiado rigurosa de los mismos o haberles atribuido una desmesurada importancia". Su detención no fue arbitraria, abusiva o inmotivada, según la magistrada, que añade que, salvo la expresión referente a la mafia italiana, se recogió en esencia la versión de los hechos del denunciante. Por tanto, no hubo falsedad. "Si no te callas te voy a matar, que soy un capo de la mafia y te cortaré el cuello", recogió en la denuncia que redactó el policía solo.