La Audiencia de Palma ha condenado a un joven a una pena de 14 años de prisión por violar de forma reiterada a su hermanastra cuando esta contaba entre cinco y doce años en el domicilio familiar, primero en Palma y luego en Marratxí. La sección segunda considera al acusado, español de 30 años, autor responsable de un delito de agresión sexual con acceso carnal, agravado con continuidad delictiva.

Además de los 14 años de cárcel, la sala le ha prohibido aproximarse y comunicarse con la víctima por un periodo de 20 años y le ha impuesto el pago de una indemnización de 12.000 euros por el daño moral ocasionado a la perjudicada.

Según se declara probado en la sentencia, que todavía no es firme, los hechos ocurrieron entre 1997 y finales de 2004, en los domicilios familiares, en Palma y más tarde en Marratxí, donde residía el procesado con su hermano y sus dos hermanastros, entre ellos una menor que en esa época tenía entre cinco y doce años. Acusado y víctima se llevaban una diferencia de edad de siete años.

El sospechoso en esas fechas sometió a tocamientos en sus partes íntimas a la niña en contra de su voluntad, así como la obligó a que le masturbara y realizara felaciones.

Cuidado de los menores

El acusado era el mayor de todos los hijos y los progenitores le encomendaban labores de cuidado y protección de los menores. El tribunal también destaca que el joven ostentaba "un cierto ascendente" sobre los demás al ser puesto de ejemplo por sus padres ante su hermano y hermanastros.

El procesado, que negó los hechos durante el juicio, llevó a cabo las prácticas sexuales de modo asiduo, conminando a la víctima e intimidándola para que accediera a sus pretensiones. En los últimos episodios, cuando su hermanastra tenía once años, incluso forcejeaba con ella y la insultaba.

Como consecuencia de las agresiones sexuales sufridas por la menor, ella padeció daños morales y le quedó un trastorno de estrés postraumático de intensidad leve, pero crónico. Este estado le condujo a situaciones traumáticas en sus relaciones sexuales.

Desconfianza en la víctima

La sala añade además que a raíz de los hechos se estableció en la personalidad de la víctima un acusado rasgo de desconfianza hacia los demás, no pudiendo mantener relaciones sexuales con hombres, sintiéndose más cómoda con mujeres por cuanto los varones le provocan una percepción de riesgo o amenaza, a pesar a sentirse atraída por los dos sexos.

La sala ha tenido muy en cuenta la declaración persistente, coherente y creíble de la perjudicada, así como la prueba pericial efectuada por los psicólogos.

El tribunal ha dado la razón al abogado de la acusación particular, Jaime Campaner, que reclamó una condena para el sospechoso de 14 años y medio de prisión por agresión sexual continuada con acceso carnal, mientras que la fiscalía pidió nueve años de cárcel por un delito de abuso sexual.

Por su parte, el abogado de la defensa, Gregorio San José, solicitó la libre absolución de su representado.