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Tribunales

Condenado un militar que provocó un accidente de tráfico estando de servicio ebrio

El acusado, teniente del Ejército del Aire en Palma, quintuplicó la tasa máxima de alcoholemia al estrellarse con su coche en el Paseo Marítimo - Se dio a la fuga pero fue interceptado por la Policía Local - Dos tribunales, uno penal y otro militar, le han impuesto cinco meses de cárcel y una multa

El hombre huyó tras la colisión y fue interceptado en el Marítimo por la Policía Local. Javier Moranta

Un teniente del Ejército del Aire ha sido condenado por segunda vez por sufrir un accidente de tráfico cuando circulaba ebrio por el Paseo Marítimo de Palma mientras estaba de servicio. El militar, que colisionó contra un turismo estacionado e intentó huir después, quintuplicó la tasa máxima de alcoholemia permitida y fue detenido por la Policía Local. El acusado, recoge el fallo, debía estar localizable y listo para ponerse a los mandos de un avión como copiloto cuando ocurrieron los hechos.

Un juzgado de lo penal condenó al teniente por un delito contra la seguridad vial a pagar una multa y le retiró el carné durante dos años. El hombre ha sido sentenciado ahora en la jurisdicción militar a cinco meses de prisión por el hecho de estar ebrio durante el servicio. El Tribunal Supremo ha confirmado el fallo, rechazado la alegación de que había sido condenado dos veces por lo mismo.

Los hechos ocurrieron el 26 de noviembre de 2011. El procesado desempeñaba ese día un servicio de alarma en funciones de copiloto con una duración de 24 horas divida en dos partes. Durante la primera, entre la salida y la puesta del sol, debía permanecer en la base; la segunda era no presencial pero debía estar localizable y listo para actuar en menos de dos horas.

El militar se marchó de la base aérea de Son Sant Joan a las tres de la madrugada y estuvo en varios locales de ocio del Paseo Marítimo. A las cinco y cuarto de la madrugada se puso al volante de un Mercedes y poco después se estrelló contra un turismo que estaba aparcado en la Avenida Gabriel Roca. Tras el choque, el militar se dio a la fuga pero fue interceptado a unos 400 metros del lugar por una patrulla de la Policía Local. Los agentes detectaron evidentes síntomas de que estaba ebrio. La primera prueba a la que fue sometido en el lugar dio un resultado de 1,15 miligramos por litro de aire espirado, cuando el máximo permitido es 0,25. El teniente fue detenido y trasladado al cuartel de Sant Ferran, donde la segunda prueba dio 1,37. Los policías comunicaron lo ocurrido a los jefes del acusado, que lo revelaron del servicio y le abrieron un expediente disciplinario.

El teniente fue condenado por un juzgado de lo penal de Palma, que le declaró autor de un delito contra la seguridad vial, por el que le impuso una multa y le retiró el carné de conducir durante dos años. El acusado recurrió el fallo ante la Audiencia Provincial, que confirmó la condena.

El caso fue investigado de manera paralela por un tribunal militar, que le impuso otra pena de cinco meses de prisión por un delito de embriaguez en acto de servicio de armas. Esta sentencia fue también recurrida, en este caso ante la sala de lo militar del Tribunal Supremo. Uno de los argumentos esgrimidos por la defensa apelaba a que el asunto ya se había juzgado por la vía penal, por lo que no cabía otra condena de la jurisdicción militar. El Supremo rechaza esta pretensión, concluyendo que los hechos enjuiciados no eran los mismos. Sostiene el alto tribunal que mientras el juzgado de lo penal le aplicó la legislación como a cualquier otro ciudadano por el hecho de circular en estado ebrio, en el orden militar se le juzgó por su condición de teniente del Ejército y la circunstancia de que estuviera ebrio durante su horario laboral, sin tener en cuenta que estuviera conduciendo ni las consecuencias que provocó. Por ello, el Supremo ha rechazado ahora el recurso y confirmado la sentencia.

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