La Audiencia de Palma ha confirmado la condena de tres años, seis meses y un día a un hombre por un robo cometido en un apartamento de Can Pastilla del que se llevó un ordenador, un móvil, una máquina de afeitar y una cartera en enero de 2011 y, a indemnizar con 2.600 euros a la dueña de los artículos robados.

La sección segunda del tribunal provincial desestimó el recurso planteado por el acusado y confirmó la condena por robo en vivienda habitada, con la agravante de reincidencia, que había dictado el Juzgado de lo Penal número 1 de Palma.

La defensa del hombre recurrió alegando que la jueza se equivocó al declarar probado que él era el ladrón y que además los hechos en todo caso serían un hurto y no un delito de robo porque la víctima no denunció que la puerta hubiera sido forzada y pudo dejarla abierta, y además no hubo una valoración pericial de lo robado. Alegó también que la condena se basó exclusivamente en la declaración de la víctima, que consideró poco fiable, y que la jueza no tuvo en cuenta la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas.

El tribunal de la sección segunda de la Audiencia negó en su sentencia que la condena se basara solo en el testimonio de la víctima y detalla que en la vivienda robada se encontró una carpeta con papeles de una empresa de gas y con las huellas dactilares del acusado.