La Audiencia Provincial de Palma ha ratificado la absolución del doctor Pau Ramis, antiguo socio mayoritario de la Policlínica Miramar, del delito de contrabando del que fue acusado por no declarar en la aduana del aeropuerto de Son Sant Joan dos valiosos cuadros comprados en Suiza al aplicar una inédita doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal Constitucional. La sala concluye que en marzo de 2005 el médico adquirió dos cuadros en Suiza por valor de 226.264 euros, que fueron "introducidos ilegalmente en España" dejándose de abonar a la Hacienda Pública la cantidad de 15.838 en concepto del IVA.

La sección segunda ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el abogado del Estado, en representación de la Agencia Tributaria, y de la fiscalía contra la sentencia absolutoria inicial de un juzgado de lo penal de Palma, si bien señala que "existen indicios de suficiente consistencia que avalan la prosperabilidad del recurso". La Audiencia de Palma considera que tanto el doctor Ramis como un amigo que se encargó de trasladar las obras de arte desde Zúrich a Mallorca en avión el pasado 24 de abril de 2005 conocían la obligación aduanera de declarar los bienes en España y omitieron este trámite, por lo que existe dolo en su acción, a diferencia de lo que exponía la primera sentencia, que argumentaba que los sospechosos no pretendían eludir el pago de las tasas. Según destaca ahora el tribunal, "no se puede mantener la ingenua ignorancia de las obligaciones fiscales en España".

Pese a ello, la sala no puede condenar a los imputados al aplicar la jurisprudencia del Constitucional y del Tribunal de Derechos Humanos, que establece que si los hechos probados ahora son diferentes hay que dar la oportunidad al acusado para que comparezca en un segundo juicio de apelación y así pueda ejercitar su derecho de defensa. Como la presencia del imputado en un juicio de apelación no está contemplada en la actual legislación, la doctrina impide su condena, ya que en caso contrario se vulneraría su derecho a la defensa.

En este caso, los acusados no han tenido ocasión de dar una explicación sobre la inferencia que la sala ha realizado de los hechos declarados probados. El doctor Ramis, defendido por el letrado Fernando Mateas, compró en una subasta a través de la galería Koller de Suiza dos cuadros, Filósofo con espejo de José de Ribera y María con Jesús joven, sosteniendo un petirrojo de Joos Van Cleve por valor de 226.264 euros. Un amigo trasladó las obras en avión a Palma. Una vez en la pista, una trabajadora recogió al pasajero y las valiosas pinturas en una furgoneta que los trasladó hasta la terminal en una zona exterior fuera de la aduana, por lo que el acusado no pasó por dicho control y no declaró nada, omitiendo la liquidación del IVA cuantificada en 15.838 euros. Según la Audiencia, no es posible que el médico y su amigo desconocieran que la importación de las obras generaba una deuda tributaria en España. En Suiza, sí pagaron las tasas.