La Audiencia de Palma ha condenado a 20 años de prisión a Mónica Juanatey Fernández por matar a su hijo César de nueve años ahogándolo en la bañera de casa en Maó en el verano de 2008 y luego ocultar su cuerpo en una gran maleta que arrojó a un barranco y que no fue descubierta hasta dos años más tarde. El presidente del tribunal del jurado Eduardo Calderón ha impuesto la pena máxima a la parricida gallega, de 32 años de edad, por un delito de asesinato con alevosía y la agravante de parentesco, tal y como había solicitado el fiscal.

El magistrado destaca en la sentencia que el reproche, no ya jurídico, sino social a una madre que mata intencionadamente a su hijo, "y aún más si este tiene solo nueve años", es mayor que el que cabría referir respecto de otros parentescos. "Si a ello unimos la conducta posterior de la acusada de cómo se deshizo del cadáver y cómo hacía creer que el niño seguía vivo (hasta que se le ocurrió inventar que había muerto en accidente de tráfico), así como los rasgos psicopáticos significados por los médicos forenses, se considera que debe imponerse la pena en el límite máximo de dicho marco penal", concluye el juez.

La madre inculpada, natural de Noia (A Coruña), fue declarada culpable de asesinato por mayoría la semana pasada por un jurado popular. Según se declara probado, los hechos ocurrieron entre las ocho y las once de la mañana de entre los días 7 y 11 de julio de 2008, cuando Mónica Juanatey, siendo consciente de que estaba sola en casa, ya que el resto de moradores se encontraban en su trabajo, aprovechó para preparar un baño a su hijo César, de nueve años.

Una vez que el menor se hallaba dentro de la bañera del domicilio, ubicado en la calle Amazonia de Maó (Menorca), la progenitora, con la intención de acabar con su vida, lo ahogó. La acusada actuó de forma súbita, sorpresiva e inesperada, lo que evitó toda posibilidad de defensa de su hijo. Tras percatarse de que había muerto, la parricida introdujo el cuerpo del niño en una maleta roja de gran tamaño, junto con diversos efectos del pequeño. Luego, bajó la valija al coche de su pareja y, después de dar varias vueltas con el vehículo, finalmente la dejó en un barranco de Cala Binidalí, a unos ocho metros de la carretera.

Dos años después, el 23 de noviembre de 2010, la maleta con los restos óseos del menor fue descubierta por dos hermanos que realizaban tareas de desbroce en una finca rústica. De inmediato, los dos familiares comunicaron el hallazgo a la Guardia Civil y Policía Nacional.

Hizo una vida normal

La sentencia detalla en sus fundamentos que quizás pudo haber alguien que viera la valija antes de ser encontrada por los dos hermanos y que no dijera nada al percatarse de su contenido para no buscarse problemas. Pero, lo cierto es que no fue descubierta hasta más de dos años después del crimen, "largo tiempo en que la acusada siguió haciendo una vida normal y que en las escasas comunicaciones con Galicia, siempre por e-mail, indicaba que César había tomado la comunión", apunta el fallo.

El jurado popular, tras el juicio celebrado en la Audiencia de Palma, destacó en su veredicto las contradicciones y el comportamiento de la madre, quien hizo pasar a su propio hijo como si fuera un sobrino y explicó entre sus allegados que había llegado a Menorca para pasar unos días y no dijo que se quedaba para siempre.

Además, el tribunal popular declaró probado también que la joven madre aprovechó que el niño, "confiado y sin esperarse en modo alguno lo que iba a suceder", estaba ya metido en la bañera para sujetarle de forma sorpresiva con fuerza la cabeza y sumergirlo en el agua manteniéndolo así hasta llegar a la asfixia total. De este modo, las posibilidades de defensa quedaron por completo eliminadas, ya que la víctima, sin salir de su sorpresa y sin poder respirar, a lo sumo le cupo mover descontroladamente sus extremidades, según la sentencia. Por ello, el magistrado concluye que "sin duda" la alevosía existió. Además, considera que no hay incompatibilidad entre esta circunstancia y la agravante de parentesco, tal y como mantenía la defensa, que recurrirá el fallo ante el Tribunal Superior de Justicia de Balears. La sentencia resalta la pericial de los forenses al negar que la acusada estuviera enferma.