El Tribunal Supremo (TS) ha fijado en más de medio millón de euros la indemnización que deberá recibir una pareja propietaria de un geriátrico en Reus que ingresó en prisión al ser acusada de haber matado a dos ancianos y absuelta posteriormente.

El TS ha estimado así el recurso que el matrimonio presentó contra la sentencia de la Audiencia Nacional que fijó en 9.000 euros la cantidad que cada uno de ellos debía recibir por un funcionamiento anormal de la Administración de Justicia por la dilatación del proceso, mientras que rechazó indemnizarles por la prisión preventiva que sufrieron.

Ambos fueron imputados en 1995 por dos delitos de homicidio, uno de detención ilegal y otro de lesiones tras ser denunciados por dos trabajadoras del geriátrico de sedar a los ancianos que vivían en la residencia para que no molestaran.

El hombre estuvo en prisión provisional seis meses y su mujer, tres. Cinco años después, en diciembre de 2000, la Audiencia Provincial de Tarragona les absolvió y dictaminó que el régimen de incomunicación que les fue impuesto en los primeros días de sus detenciones había lesionado su derecho a la tutela judicial efectiva.

La Sala de lo Contencioso del TS recuerda que la Audiencia Provincial consideró que "ni siquiera" se había probado que los procesados suministrasen dosis o medicación no prescrita por los médicos, por lo que la absolución no se debió a falta de pruebas, sino a haber quedado acreditado que "no habían cometido los hechos imputados".

El matrimonio reclamó ser indemnizado, pero el Ministerio de Justicia rechazó su pretensión en 2004, decisión contra la que recurrieron a la Audiencia Nacional, que limitó la indemnización a 9.000 euros a cada uno de ellos.

En su recurso al Tribunal Supremo, pidieron ser indemnizados por los daños morales ocasionados por el tiempo transcurrido en prisión y las secuelas psicológicas, por los perjuicios sufridos por el hijo de 11 años cuando fueron encarcelados, así como por estar incomunicados en los primeros días de detención y la alarma social que todo ello generó.

Asimismo, solicitaron ser compensados por los gastos ocasionados por el cierre del geriátrico y las ganancias dejadas de obtener y por el coste de los avales bancarios precisos para conseguir la libertad provisional, entre otros conceptos.

El Tribunal reconoce ahora el derecho a ser indemnizados por los daños morales derivados de su estancia en prisión y por la lesión económica que padecieron por la pérdida de su negocio.