Un juez de Palma ha impuesto una condena, ratificada ahora por la Audiencia, contra una mujer que se dedicó a hacerle la vida imposible a su ex marido y para ello utilizaba a su hija menor, de apenas tres años de edad. La acusada, directiva de una importante empresa de comunicación, tendrá que pagar una multa de 2.000 euros y además no podrá acercarse ni comunicarse de ninguna forma con su ex marido, quien mantiene una relación sentimental con otra persona.

La sentencia señala que la pareja protagonizó una violenta separación. La sentencia de divorcio no sólo no apaciguó los ánimos, sino que aumentó el nivel de tensión. La pareja tuvo una hija en común que nació el año 2001.

La mujer, desde prácticamente al poco de nacer la niña hasta tres años después, se negó a cumplir el régimen de visitas, que establecía una serie de días a la semana para que la menor disfrutara de la compañía de su padre. La acusada tuvo que ser varias veces requerida por el juzgado de familia, bajo el apercibimiento de una acusación por un delito de desobediencia, para que cumpliera el régimen.

Pero el acoso de esta mujer fue mucho más lejos. El juez le otorgó el uso del vehículo, que estaba a nombre de su ex marido, defendido por la abogada Consuelo Pau. Ella se dedicó a cometer infracciones de tráfico para que las sanciones económicas las tuviera que abonar el padre de su hija.

Trabajaban juntos

Los dos antiguos cónyuges trabajaban en la misma compañía. En el centro de trabajo fueron apareciendo fotocopias de un informe psicológico que perjudicaba al marido.

Además, el hombre, según señala la sentencia, empezó a recibir mensajes en su teléfono móvil, enviados por su antigua pareja, en los que le anunciaba que le arrancaría el cabello a su madre y que no pararía hasta que pidiera limosna en la puerta de un centro comercial.

Otra de las estrategias que utilizó la acusada para perjudicar a la víctima fue una denuncia que presentó ante la delegación de Hacienda contra el padre de la prometida de su antiguo marido.

La sentencia, además, señala que la acusada se presentó un día en el juzgado de guardia para denunciar que su marido, su actual pareja y el hijo de esta mujer, de unos ocho años de edad, habrían estado agrediendo sexualmente de su hija. Esta denuncia la presentó, según la sentencia, pese a que el informe médico señalaba que los síntomas que presentaba la niña eran compatibles con numerosas patologías. Además, la exploración ginecológica que se le hizo a la pequeña no descubrió nada anormal.

La mujer ya fue condenada con anterioridad por no cumplir las obligaciones familiares y la sentencia ya detallaba que mostraba una "clara y decidida voluntad entorpecedora del régimen de visitas". También señalaba que la mujer "conseguía encontrar cualquier excusa para impedir la relación de su hija con el padre".

La condenada presentó un recurso ante la Audiencia contra esta sentencia, que ha sido desestimada por el tribunal.