Nunca supo que había sido absuelto. Tras vivir una auténtica pesadilla durante tres años en los que no pudo ver a su hija ni tan siquiera acercarse a ella al estar acusado de abusos sexuales, ahora la Justicia le ha dado la razón. Marcado por un largo proceso que se inició en 2004 en los juzgados de Inca, el pasado mes de abril se sentó en el banquillo de los acusados en Palma para proclamar su inocencia. Desde el primer momento negó los cargos que se le imputaban: haber abusado sexualmente de su hija cuando contaba dos años, haber maltratado de forma continuada a su ex compañera sentimental así como amenazarla de muerte. Un juzgado de lo penal de Palma le absolvió de todos los delitos. Su martirio por fin acababa. No obstante, nunca llegó a conocer el fallo que tanto había ansiado. Tres días antes de que le fuera notificada la sentencia a su abogado, fallecía de un repentino ataque al corazón en Alcúdia.

José Díaz murió sin saber que la Justicia le había declarado inocente. Un inesperado infarto le quitó la vida justo en el momento en el que esta le concedía un respiro. Pasaban las nueve de la mañana del 28 de abril de 2007 cuando caía fulminado en un bar de Alcúdia. Le faltaban dos meses para cumplir 60 años.

Denuncia ante la Guardia Civil

Su calvario empezó tres años antes, el 13 de enero de 2004. Ese día su compañera sentimental le denunció ante la Guardia Civil de Alcúdia por amenazas, malos tratos y por abusar sexualmente de la hija de ambos, de dos años de edad. José Díaz mantenía una relación sentimental con esta mujer desde 1996, año en el que se separó de su primera esposa con quien había formado una familia. La denunciante le acusó de proferirle amenazas de muerte, tras una discusión conyugal en la que ella le comentó que quería separarse. Además, recordó que en 1997 el hombre sacó una escopeta de caza durante otra disputa. Por último, añadió que sospechaba que también había podido abusar de su hija.

Tras interponer la denuncia, la mujer abandonó el domicilio que compartían y se llevó a la niña. Horas después, a las tres de la madrugada, la Guardia Civil se personó en la vivienda, detuvo a José Díaz y le intervino el arma.

Al día siguente, el 14 de enero de 2004, fue puesto a disposición judicial en Inca. El arrestado negó todos los hechos, si bien admitió que atravesaba un mal momento con su pareja. El juez le dejó en libertad, pero dictó una orden de alejamiento de su compañera y de su hija. El juzgado también otorgó a la madre la guarda y custodia de la menor y fijó una pensión de 300 euros mensuales.

Posteriormente, otro juzgado denegó a José Díaz el régimen de visitas respecto de su hija y le aumentó la pensión a 450 euros. Mientras, la instrucción del caso prosiguió en Inca. El médico forense que atendió a la mujer no apreció lesiones ni secuelas y la psicóloga que trató a la pequeña tampoco detectó secuelas a corto plazo.

Tres años después de estos hechos, el 23 de abril de 2007 el hombre fue juzgado en Palma. El procesado explicó que durante todo este tiempo nunca vio a su hija y pagó puntualmente la pensión. Díaz, de 59 años y de origen malagueño, trabajaba en un hotel y vivía en una habitación del mismo establecimiento destinada a los empleados. El hombre siguió declarándose inocente. El fiscal solicitó una condena de dos años de prisión por un delito de violencia habitual y cuatro fines de semana de arresto por una falta de amenazas. El ministerio público también pidió la inhabilitación de la patria potestad durante dos años, tres años de alejamiento e incomunicación de su ex pareja y su hija, la suspensión del régimen de visitas durante la condena y la prohibición de tener armas durante tres años. Por su parte, la acusación particular reclamó una pena total de dos años de cárcel por los delitos de malos tratos y abuso sexual, así como una indemnización de 6.000 euros por los daños causados. El abogado de la defensa, Juan José López, solicitó la libre absolución de su representado. Cuatro días después de la vista oral, la magistrada del juzgado de lo penal 2 de Palma dictó una sentencia absolutoria al apreciar que no habían quedado acreditados "de un modo fehaciente los hechos denunciados". Cuando fue notificado el fallo, José Díaz acababa de morir de un infarto en un bar de Alcúdia sin conocer la noticia.