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Ni impuesto ni recargo: así funciona el sistema de devolución de botellas que llega a España

La medida no es un pago extra definitivo: el sistema de los 'centimitos' solo se activará tras confirmarse que España no cumple con los objetivos de reciclaje

Una mujer devuelve una botella.

Una mujer devuelve una botella. / DM

En los últimos meses ha circulado con fuerza una idea que ha generado dudas entre consumidores y comercios: que el Gobierno obligará a cobrar un importe adicional por cada botella vendida. Sin embargo, la normativa no recoge un recargo general ni un nuevo pago fijo que las tiendas vayan a aplicar de forma automática a todas las bebidas. Lo que prevé la legislación es un sistema de depósito, devolución y retorno (SDDR) para determinados envases, una fórmula en la que el consumidor paga una cantidad al comprar y la recupera cuando devuelve el envase vacío.

La clave está en el reciclaje

Ese es el matiz que cambia por completo la lectura de la norma: el sistema de los llamados “centimitos por botella” solo se activa si no se recicla lo suficiente. La Ley 7/2022 fijó para las botellas de plástico de un solo uso de hasta tres litros objetivos mínimos de recogida separada del 70% en 2023, 77% en 2025, 85% en 2027 y 90% en 2029. La misma ley establece que, si no se alcanzan los objetivos de 2023 o 2027, deberá implantarse en todo el territorio estatal un SDDR en el plazo de dos años.

España incumplió el objetivo de 2023

Ese escenario ya no es teórico. El Ministerio para la Transición Ecológica publicó el informe oficial sobre 2023 y situó la recogida separada de botellas de plástico de un solo uso en el 41,3%, muy por debajo del 70% exigido por la ley. Posteriormente, el propio ministerio ha reiterado que ese incumplimiento conlleva el establecimiento obligatorio del SDDR en el plazo de dos años.

No es un impuesto ni una subida definitiva del precio

La diferencia entre un recargo y un depósito reembolsable es clave. La norma no plantea un cobro extra que el consumidor pierda siempre al comprar una bebida. Lo que prevé es una cantidad individualizada por envase, separada del precio del producto, que se devuelve cuando la botella entra de nuevo en el circuito de recogida. En la práctica, el cliente paga esa cantidad al comprar y la recupera al devolver el envase.

Qué dice el Real Decreto 1055/2022

El Real Decreto 1055/2022 regula los envases y residuos de envases y desarrolla este modelo dentro del marco general de la ley. El texto no ordena que desde el primer momento todos los establecimientos cobren una cantidad adicional por cada botella, sino que encaja el sistema de depósito dentro de la política de reutilización y gestión de residuos. El decreto remite al esquema legal de objetivos y al posible despliegue del SDDR en caso de incumplimiento.

Qué puede pasar ahora

Con el incumplimiento del objetivo de 2023 ya reconocido oficialmente, el foco está en la implantación práctica del sistema. La obligación legal apunta a que España debe poner en marcha este modelo dentro del plazo previsto desde la constatación del incumplimiento, aunque siguen pendientes aspectos operativos como la cuantía concreta del depósito y el desarrollo completo del sistema.

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