SALUD PÚBLICA
Sanidad amplía la 'prueba del talón', el cribado de cáncer de colon y el acceso a la fecundación 'in vitro' en fallo ovárico prematuro
La 'prueba del talón' incorpora un total de 21 patologías, al añadir, entre otras, la acidemia propiónica o la deficiencia primaria de carnitina
En cáncer colorrectal, el cribado poblacional se amplía y fija como población diana a hombres y mujeres de 50 a 74 años

Prueba del talón a un bebé / Europa Press
EP
El Ministerio de Sanidad ha publicado este lunes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la modificación de distintas normativas reforzando la vigilancia en salud pública, actualizando la cartera común del Sistema Nacional de Salud, y ampliando, entre otras actividades asistenciales de prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación, la 'prueba del talón' que pasa a 21 enfermedades; el cribado poblacional de cáncer colorrectal hasta los 74 años; y la edad de acceso a la fecundación 'in vitro' (FIV) con óvulos donados en casos de fallo ovárico prematuro.
La Orden SND/356/2026, que modifica los anexos I, II y III del Real Decreto 1030/2006 y la Orden SND/606/2024, que entrará en vigor este martes, actualiza además el anexo de salud pública para desplegar la Red Estatal de Vigilancia en Salud Pública, refuerza los sistemas de alerta precoz y la participación de la Atención Primaria y especializada en la notificación de riesgos dentro de la cartera de servicios comunes de salud pública, y modifica la composición del Comité Asesor para la Cartera Común de Servicios en el Área de Genética, incorporando dos vocalías en representación de federaciones o agrupaciones de asociaciones de pacientes.
Finalmente, redefine la rehabilitación de pacientes con déficit funcional para orientarla a mantener la máxima autonomía y la calidad de vida, en coherencia con la Ley 3/2024 sobre ELA y otras enfermedades de alta complejidad; incorpora un nuevo programa poblacional de cribado prenatal de preeclampsia en mujeres embarazadas, y obliga a desarrollar sistemas de información y evaluación estatal de los programas de cribado neonatal y prenatal, con informes anuales publicados por Sanidad.
Nuevos cribados
En la orden SND/356/2026 de 13 de abril se modifica en profundidad los programas de cribado prenatal, neonatal y de cáncer del Sistema Nacional de Salud, empezando por la 'prueba del talón', que pasa a denominarse oficialmente Programa de cribado neonatal de enfermedades congénitas en prueba de talón e incorpora un total de 21 patologías, al añadir, entre otras, la acidemia propiónica, la deficiencia primaria de carnitina, la deficiencia de acil-CoA deshidrogenasa de cadena muy larga, varias formas de acidemia metilmalónica, la acidemia isovalérica, la inmunodeficiencia combinada grave, la atrofia muscular espinal, la aciduria 3-hidroxi-3-metilglutárica y la adrenoleucodistrofia ligada al cromosoma X.
Cáncer de colon
En cáncer colorrectal, el cribado poblacional se amplía y fija como población diana a hombres y mujeres de 50 a 74 años, mediante test de sangre oculta en heces cada dos años, en línea con las recomendaciones europeas sobre detección precoz. La orden preve un calendario progresivo de implantación (horizontes de 5 y 10 años para que todas las CCAA hayan ampliado el programa y alcancen cobertura casi total en 70-74).
Como novedad, se incorpora un programa poblacional de cribado de preeclampsia en mujeres embarazadas mediante un test combinado en el primer trimestre
En el ámbito prenatal, la orden concreta como programas poblacionales de la cartera básica el cribado de anomalías cromosómicas mediante test combinado del primer trimestre y, en segunda línea, ADN fetal libre en sangre materna; además se debe ofrecer el cribado de infecciones como sífilis, VIH, hepatitis B y estreptococo del grupo B para todas las gestantes, además de hepatitis C, virus Zika, Chagas, rubeola o varicela.
Y, como novedad, incorpora un programa poblacional de cribado de preeclampsia en mujeres embarazadas mediante un test combinado en el primer trimestre (marcadores bioquímicos, Doppler de arterias uterinas y tensión arterial media), obligando a las administraciones a valorar el riesgo individual, establecer protocolos de seguimiento y poner en marcha sistemas de información y evaluación con informes técnicos anuales de estos programas de cribado. En este caso da un plazo de dos años de adaptación desde su entrada en vigor.
FIV y rehabilitación
En reproducción asistida, el anexo III del RD 1030/2006, del 15 de septiembre, la orden elimina la restricción específica que impedía acceder a la fecundación 'in vitro' con óvulos donados a las mujeres con fallo ovárico clínico prematuro a partir de los 36 años, lo que generaba una inequidad respecto a otros supuestos; a partir de ahora, en estos casos se aplicará el mismo criterio general que en el resto de indicaciones de FIV con donación de ovocitos, de modo que la edad de la mujer o de la persona transexual con capacidad de gestar deberá ser inferior a 40 años en el momento de indicación del tratamiento.
En rehabilitación, la norma adapta la cartera de servicios a las modificaciones introducidas por la Ley 3/2024, de 30 de octubre, en consonancia con el RD 1030/2006, del 15 de septiembre, aclarando que la rehabilitación en pacientes con déficit funcional debe orientarse a facilitar, mantener o devolver el mayor grado posible de capacidad funcional e independencia, con el objetivo de preservar la máxima autonomía, mejorar la calidad de vida y favorecer la reintegración en su entorno habitual, en coherencia con lo previsto para personas con esclerosis lateral amiotrófica (ELA) y otras enfermedades de alta complejidad.
Además, entre otros aspectos, se incluye la rehabilitación de las afecciones del sistema musculoesquelético, del sistema nervioso, del sistema cardiovascular y del sistema respiratorio, a través de fisioterapia, terapia ocupacional y logopedia vinculadas directamente a un proceso patológico que esté siendo tratado en el Sistema Nacional de Salud, así como mediante métodos técnicos.
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