Procesamiento
El juez propone juzgar al capitán y dos directivos de la armadora del 'Villa de Pitanxo'
La Audiencia Nacional ha dictado auto previo a la apertura de juicio oral por 21 delitos de homicidio por imprudencia grave

Tripulación del «Pitanxo» en cubierta en una marea anterior al naufragio. | Cedida
Lara Graña
Veintiún delitos de homicidio por imprudencia grave. El juez instructor del caso 'Villa de Pitanxo' en la Audiencia Nacional, Ismael Moreno, ha propuesto ya llevar a juicio al capitán del buque, Juan Enrique Padín, y a dos directivos de Pesquerías Nores Marín, por el naufragio en el que perecieron 21 de los 24 tripulantes que iban a bordo del pesquero en la noche del 15 de febrero de 2022.
Según ha informado el Consejo General del Poder Judicial, el magistrado también ha propuesto que respondan en juicio por un delito contra los derechos de los trabajadores. Como responsable civil subsidiario, el instructor señala a la mercantil Pesquerías Nores Marín S.L. y a la entidad aseguradora (British Marine) como responsable civil directo. En esta resolución, Moreno ha tomado como referencia el último escrito del Ministerio Público y ha aludido a la sobrecarga del buque, la falta de medidas de precaución ante la posibilidad de realizar una virada en condiciones meteorológicas muy adversas o la decisión del capitán de continuar el giro con mal tiempo, en lugar de tomar otras posibles alternativas más seguras. «Cuando dio la orden de abandonar el buque, las posibilidades de salvarse eran muy reducidas», dice el documento.
El auto de pase a procedimiento abreviado hace referencia, de igual modo, a que el arrastrero no estaba autorizado para navegar en zonas de formación de hielo, como desveló la investigación de Faro de Vigo, y que sus tripulantes no tenían formación sobre los riesgos de hipotermia. El auto también hace referencia a que las condiciones físicas de los tripulantes no eran las mejores, ya que el capitán había informado telefónicamente que al menos ocho de ellos estaban contagiados por Covid 19. El órgano judicial da un plazo de diez días a la Fiscalía y a las acusaciones particulares para presentar su escrito de acusación solicitando la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de la causa.
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