Administración de justicia
Desahucios y divorcios pasarán obligatoriamente por mediación antes de ir al juez
La nueva ley de eficiencia de la justicia, que entrará en vigor a lo largo de este año, modifica la regulación de las demandas civiles e impulsan los medios alternativos para resolver conflictos

Entrada de la Ciutat de la Justícia de Hospitalet de Llobregat. | / Ferran Nadeu
Reclamaciones de cantidades económicas, impago de alquileres, desahucios (excepto la recuperación de la vivienda por ocupación ilegal), divorcios (menos las medidas urgentes para asegurar los alimentos y otras necesidades de los hijos), demandas por deudas de propietarios a una comunidad de vecinos o daños por accidentes de tráfico. A partir del próximo 3 de abril, la resolución de estos asuntos de carácter civil que colapsan los juzgados de primera instancia en España deberán pasar por un sistema extrajudicial, como la mediación o la conciliación, antes de la presentación de un pleito, según establece la ley de eficiencia del sistema público de la justicia que fue publicada en el BOE el 2 de enero y que entrará en vigor en varias fases a lo largo del 2025. En las demandas por anulación o pérdidas de vuelos o de maletas solo es necesario incorporar en la misma la reclamación efectuada a la empresa, sin perjuicio de que se pueda acudir a la medicación.
Esta nueva normativa pone patas arriba la administración de justicia. Supone un cambio de paradigma, tanto en lo que respecta a la organización de los tribunales como en las reformas procesales, lo que implicará cambios importantes y profundos en la labor de los profesionales del Derecho. “Estamos ante una auténtica revolución en materia de justicia e implementar todas las reformas implicará un gran esfuerzo presupuestario”, apunta el decano del Col.legi de l’Advocacia de Barcelona, Jesús Sánchez. La Conselleria de Justícia se ha comprometido a facilitar los recursos públicos para el desarrollo de la ley y está realizando las gestiones para calcular la partida presupuestaria, según fuentes del Ejecutivo catalán.
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La piedra angular de esta ley es la regulación de lo que técnicamente se denomina “requisito de procedibilidad”, que no es otra cosa que la obligación de acudir con carácter general a un sistema de resolución de controversias antes de presentar la demanda judicial en materia civil y mercantil. Es decir, los abogados deberán primero intentar llegar a un acuerdo y certificar a través de un documento que han intentado “la actividad negociadora previa a la vía judicial”, subraya la norma.
Medidas extrajudiciales
Los métodos de negociación son variados: mediación, conciliación, oferta vinculante, opinión neutral de una persona experta independiente o derecho colaborativo, en el que los letrados que participan en la negociación no pueden intervenir en el proceso judicial si no hay pacto, lo que fuerza la resolución del conflicto, Estos sistemas son lo que la ley de eficiencia de la justicia denominan MASC (medios adecuados de solución de controversias). Según la materia de la que se trate, el medio utilizado deberá ser distinto. Si se trata de ejercitar una reclamación de un crédito probablemente el instrumento más idóneo será la oferta vinculante y si es un tema de familia, la mediación o conciliación, según las fuentes consultadas
“Lo que se pretende es la desjudicialización en la medida de lo posible y fomentar la cultura del acuerdo”, explica a EL PERIÓDICO el decano de los abogados barceloneses. “Es una buena ley. Un cambio de paradigma en la administración de justicia y un cabio de rol en la abogacía”, relata. Para Carles García Roqueta, abogado experto en mediación y miembro de la Junta de Gobierno del Col.legi de l'Advocacia de Barcelona, “la mediación no solo descongestionará juzgados, sino que la ciudadanía necesita diálogo y la abogacía jugará un papel determinante en la solución del conflicto, en cómo se gestiona. Supone un cambio de visión y mentalidad, donde la formación de los profesionales es fundamental”.
Más coste y tiempo
La abogacía, por lo tanto, tendrá una presencia activa en los mecanismos de solución de controversias y se convierten en profesionales claves en la negociación. Pero no solo eso, sino que su actuación será esencial si se presenta la demanda, puesto que deberá constar en la misma una descripción de los esfuerzos para llegar a un acuerdo o la imposibilidad de firmarlo. La nueva legislación es taxativa: “No se admitirán las demandas cuando no se acompañen los documentos que la ley expresamente exija para la admisión de aquellas” o “cuando no se haga constar” que se ha intentado el acuerdo.
Este nuevo requisito, según la abogada Cristina Vallejo, no significa que no sean válidas las negociaciones directas a través de las partes enfrentadas o sus abogados, como se ha hecho siempre. Lo que se deberán acreditar es la existencia de esas negociaciones. “El nuevo paradigma obliga a la defensa letrada del ciudadano que quiere una solución para su problema elegir el medio más adecuado para solucionar la controversia”, por “lo que irremediablemente se va a traducir en tiempo y dinero”.
Consumidores y usuarios
El texto legislativo también introduce modificaciones en el caso de los consumidores y usuarios. Un ejemplo: en litigios en que estos ejerciten acciones individuales servirá como requisito previo la reclamación extrajudicial previa a la empresa o profesional contratado si no ha obtenido una respuesta en un plazo determinado o cuando no sea satisfactoria, sin perjuicio de que puedan acudir a la mediación o al resto de medios de resolución de conflictos. En este apartado entraría, según las fuentes consultadas por este diario, las demandas por tráfico aéreo, desde la anulación y pérdidas de vuelos hasta el extravío de maletas.
Las fuentes consultadas aseguran, sin embargo, que esta ley podría frenar la presentación de demandas de tráfico aéreo, anulación o pérdida de vuelos o maletas extraviadas, las cuales colapsan los juzgados de primera instancia e instrucción de El Prat de Llobregat, municipio donde se encuentra el aeropuerto, al ser una presión para las aerolíneas a la hora de llegar a un acuerdo. La semana pasada, precisamente, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aceptó la prórroga de tres jueces de refuerzo en esa población para hacer frente a los centenares de pleitos de estas características. Con la aplicación de la nueva ley, se facilita a los usuarios de aviones no solo presentar la demanda, sino acudir si lo considera conveniente a la mediación.
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