Laboral

Una empresa gallega echa por acoso a un ingeniero y tiene que readmitirlo al redactar mal la carta de despido

Una trabajadora aportó audios con comentarios sobre la longitud de su ropa, pero la compañía, del sector de la automoción, cometió "incumplimientos formales incompresibles"

Instalaciones de Magna Seating, en el polígono de As Gándaras, donde trabajaba el ingeniero.

Instalaciones de Magna Seating, en el polígono de As Gándaras, donde trabajaba el ingeniero. / Marta G. Brea

Alberto Leyenda

"Incumplimientos formales incompresibles" han derivado en la anulación del despido de un ingeniero al que la dirección de su empresa acusaba de acoso sexual a una compañera. Los jueces, tanto en primera instancia como después en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), han declarado el cese improcedente, por lo que la compañía, una de las más potentes de la automoción del área de Vigo, tendrá que readmitir al trabajador o indemnizarlo con más de 133.000 euros.

Sobre el empleado recaían graves acusaciones por parte de una administrativa con la que compartía espacio de trabajo y de la que era superior jerárquico. La mujer había aportado unos audios en los que el hombre le hacía comentarios sobre "la mayor o menor longitud de su falda" o sobre que su vestimenta "podría revolucionar al personal".

Sin embargo, el error a la hora de ejecutar el despido ha impedido que los magistrados entren al fondo del asunto pero a "lo reprochable" de los hechos enjuiciados.

Vista aérea de Magna Seating, en O Porriño.

Vista aérea de Magna Seating, en O Porriño.

La sentencia del TSXG, de finales de marzo, reprende a la empresa Magna Seating, localizada en O Porriño, por no "esforzarse" en precisar más los hechos que justificarían el despido. La carta no específica cuándo se produjeron los comentarios, ni si fueron continuos o esporádicos.

Este proceder les resulta a los magistrados "absolutamente incomprensible", porque la compañía disponía de "todos los datos necesarios" para redactar la misiva. La trabajadora, de hecho, sí que había detallado los días en los que se habían grabado los audios, además de poner fecha a otros "momentos incómodos".

Protocolo de acoso

En la resolución también se le reprocha a la compañía que no iniciase el protocolo de acoso recogido en el convenio colectivo para estos casos. En ese marco se le debería haber dado audiencia al denunciado, de forma que pudiese conocer con concreción los hechos que se le imputaban para poder defenderse, tanto dentro de la empresa como, llegado el caso, en los tribunales.

La mujer llevaba dos años en la empresa, la antigua Viza, cuando hizo llegar a la dirección unos audios, grabados en cinco días distintos, en los que se recogían los comentarios sobre la longitud o el color de su ropa, sus gemelos o su maquillaje. Catorce días después, la compañía comunicaba el despido al trabajador.

El ingeniero pedía en su demanda que el despido se declarase nulo, y lo achacaba a que había denunciado "algunas irregularidades detectadas en el proceso de compras" y a que también había reclamado el cobro de horas extras. Sin embargo, tantos esos argumentos como las acusaciones de acoso han quedado sin elucidar.

Suscríbete para seguir leyendo