Las mujeres que interrumpan su embarazo tendrán derecho a recibir acompañamiento psicológico en la sanidad pública. Esta atención especializada es una de las novedades introducidas por el Congreso de los Diputados en la reforma de la ley del aborto, que este martes será aprobada en la Comisión de Igualdad, último paso antes de recibir el visto bueno del Pleno.

Los servicios públicos de salud tendrán que garantizar una "atención integral durante todo el procedimiento de interrupción del embarazo, ofreciendo recursos de acompañamiento y atención especializada, en particular de acompañamiento psicológico específico". Además, la sanidad pública tendrá que proveer una atención psicológica y sexológica con perspectiva de género.

Así se puede leer en el informe de la ponencia que ha estudiado la reforma de la ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo en el Congreso de los Diputados, que se aprueba este martes y al que ha tenido acceso El Periódico de España, del grupo Prensa Ibérica.

El proyecto de ley del Gobierno para reformar la ley del aborto permitirá que las chicas de 16 y 17 años puedan abortar sin necesidad de consentimiento paterno, al igual que las mujeres con discapacidad. Regulará la objeción de conciencia de los médicos, garantizará el derecho de abortar en la sanidad pública en todos los territorios e incluirá una incapacidad temporal por reglas dolorosas y abortos.

El texto del Ejecutivo llegó al Parlamento en septiembre y el Congreso ya ultima su redacción final, que este martes se cerrará en la Comisión de Igualdad.

En la tramitación parlamentaria del proyecto de reforma de la ley del aborto, se ha decidido blindar al personal médico objetor y también al que no lo es, para que sus decisiones, en un sentido o en el contrario, no les supongan una discriminación. De esta manera, los servicios sanitarios tendrán que adoptar las medidas organizativas que sean necesarias para garantizar que las personas no objetoras no sean relegadas en exclusiva a la práctica de interrupción del embarazo y para que las que alegan objeción de conciencia no sufran "cualquier discriminación" derivada de ello.

Los grupos parlamentarios han acordado además que los miembros del comité clínico que deben decidir sobre las interrupciones de embarazo por causas médicas no podrán formar parte del Registro de objetores ni haberlo sido en los últimos tres años. A partir de las 14 semanas, y en el caso de abortos por causa médicas, se tendrá que informar a la mujer sobre los distintos procedimientos posibles, para que elija la opción más adecuada para su caso.

Otro matiz importante introducido por el Congreso es que las organizaciones contrarias al derecho al aborto y a los derechos sexuales y reproductivos no puedan recibir apoyo de la administración para la puesta en marcha de programas de promoción de buenas prácticas en el ámbito de la salud sexual y reproductiva.

También se contempla la posibilidad de que las niñas y adolescentes que tengan menos de 16 años puedan recurrir a los tribunales cuando no estén de acuerdo con la decisión de sus representantes legales sobre su gestación (que son quienes deben prestar el consentimiento para la interrupción del embarazo): la autoridad judicial deberá nombrar a la menor un defensor judicial. Podrán acudir asimismo a la justicia las mujeres que no estén de acuerdo con la decisión del comité clínico que debe decidir sobre la interrupción de su embarazo por anomalías fetales incompatibles con la vida o por enfermedad grave e incurable en el feto.

Diputados y diputadas han introducido una disposición adicional en la ley para que las personas con discapacidad puedan recibir toda la información necesaria de forma accesible para que su toma de decisiones como pacientes sea "libre, voluntaria, madura e informada". La reforma devuelve a las mujeres con discapacidad la potestad de decidir libremente sobre la interrupción del embarazo.

Habrá campañas de concienciación de la salud durante y después de la menopausia, así como otras que "desmitifiquen todas las formas de violencia en el ámbito reproductivo", como la gestación por sustitución o vientres de alquiler.

Los poderes públicos deberán fomentar la implicación de los hombres en la prevención de embarazos no deseados y de infecciones de transmisión sexual, por lo que las administraciones públicas tendrán que promover la corresponsabilidad en el ámbito de la salud sexual.

La reforma legal planteada por el Gobierno reconoce como situación especial de incapacidad temporal por contingencias comunes la interrupción del embarazo, sea voluntaria o no, pero en el Congreso han querido precisar que cuando esa interrupción se deba a un accidente laboral o a una enfermedad profesional tendrá la consideración de incapacidad por contingencias profesionales.