La ley trans inicia este jueves su andadura en el Congreso, donde se debatirán las enmiendas a la totalidad presentadas por PP y Vox. La llegada de la norma a la Cámara baja ha reavivado las críticas de un sector del feminismo que critica que el género pueda entenderse como una identidad -no como una serie de mandatos y estereotipos a derribar- , y que se pueda realizar el cambio de sexo en el DNI con la mera voluntad de la persona interesado, sin necesidad de dos años de hormonación ni aval médico. Ante este rechazo, el colectivo LGTBI ha pedido a los partidos, especialmente al PSOE, donde militan algunas personas alineadas con el sector del feminismo crítico con la ley, que no den pasos atrás y no retrocedan en torno al consenso alcanzado en el Gobierno de coalición en los aspectos fundamentales de la nueva norma. Estas son sus principales novedades.

Autodeterminación de género

El proyecto legal reconoce la libre autodeterminación de género, como reivindica el colectivo LGTBI, al permitir el cambio de sexo registral sin requerir un informe médico de disforia de género y dos años de hormonación, como se exige ahora, o un testigo o documento que acredite la “situación estable de transexualidad”, como en un inicio exigía la vicepresidenta socialista Carmen Calvo. La ley, eso sí, exige ratificar que se quiere modificar el sexo en el Registro Civil en dos ocasiones, con tres meses de diferencia. Y si se quiere revertir la situación, hay que esperar seis meses y acudir a la jurisdicción voluntaria.

Los menores, a partir de los 14 años

El texto legal permite el cambio de la mención registral del sexo a partir de los 16 años y que entre los 14 y los 16 años los menores presenten la solicitud “asistidos por sus representantes legales”. Entre los 12 y los 14 años se autoriza el cambio de nombre y solicitar la modificación del sexo ante la jurisdicción voluntaria. Los colectivos trans quieren que la autodeterminación de género se reconozca de forma íntegra a partir de los 12 años y lucharán por esta rebaja en la edad durante la tramitación parlamentaria. Los menores de 12 años no pueden solicitar el cambio de sexo pero sí de nombre, sin pruebas testificales o documentales.

Terapias y educación

La ley prohíbe las terapias de conversión, incluso si cuentan con el consentimiento del interesado. Asimismo, incorpora acciones específicas para promover la igualdad del colectivo en los ámbitos laboral, educativo o de la salud, dado que, según la Agencia Europea de Derechos Fundamentales, el 42% de las personas LGTBI se han sentido discriminadas solo en 2020. Para tratar de frenar esta situación, se prevé la inclusión en el currículo escolar del respeto a la diversidad sexual en todas las etapas educativas, así como formación para todo el profesorado.

Filiación de los hijos

A parte de la autodeterminación, una de las principales peticiones del colectivo LGTBI es que se reconozca a las mujeres lesbianas y/o bisexuales la posibilidad de filiar a sus hijos, algo que se permitirá tanto si las parejas están casadas como si no. En este último caso, se permitirá cuando “la madre no gestante manifieste su conformidad” a la filiación y siempre que la misma no resulte contraria a las presunciones establecidas en la legislación civil y “no genere controversia”. 

Violencia de género y cuotas

Los grupos feministas que rechazan la 'ley trans' temen que algunos maltratadores pidan ser reconocidos como mujeres para burlar así la ley contra la violencia de género. Para evitarlo, el anteproyecto señala que “la rectificación de la mención registral no alterará las obligaciones jurídicas que pudieran corresponder a la persona con anterioridad a la inscripción del cambio registral”. Asimismo, respecto a la política de cuotas, indica que los interesados “no podrán ser beneficiarios de medidas de acción positiva adoptadas en favor de las mujeres” respecto a la situación anterior a la modificación.

 

Las sanciones

Para evitar la discriminación y la LGTBIfobia, la ley incorpora sanciones de entre 200 y 2.000 euros para quienes insulten o hagan pintadas contra una persona por su orientación sexual o identidad de género. Y las multas por no contratar a una persona gay, lesbiana, intersexual, bisexual o trans irán de 2.001 a 10.000 euros, y entre las infracciones muy graves, con multas de entre 10.001 a 150.000 euros, se incluye denegarles el acceso a establecimientos, incluida la vivienda.