El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha ratificado este jueves la medida cautelar que impuso en aulas de dos escuelas para que impartan al menos un 25% de horas lectivas en castellano, y que al parecer del tribunal "no es incompatible" con la nueva normativa del Gobierno catalán sobre lenguas en la enseñanza.

Lo ha hecho en dos autos este jueves consultados por Europa Press, con los que rechaza dos recursos de la Conselleria de Educación de la Generalitat, que pidió revocar la obligatoriedad que el tribunal había fijado en febrero.

Los magistrados argumentan que la nueva normativa del Govern sobre lenguas en la enseñanza -y que según el propio TSJC resulta incompatible con la sentencia del 25%- "no incide necesariamente" en estas medidas cautelares.

Sin embargo, los jueces recuerdan que "existe una resolución judicial firme, de naturaleza cautelar, que reconoce el derecho del alumno a recibir una enseñanza en castellano con una determinada intensidad de uso", en referencia a las cautelares que dictaron en febrero, y añaden que esto no queda afectado por la nueva normativa del Govern.

En cambio, no descartan que las medidas cautelares puedan verse afectadas una vez se haga la "aplicación singular" de la nueva normativa en las escuelas.

Aun así, insisten en que la normativa "en ningún caso incide de forma instantánea sobre situaciones jurídicas individuales ya reconocidas", como estas medidas cautelares.

Decreto del Gobierno catalán

En mayo, el Govern aprobó, en respuesta a la sentencia del TSJC sobre el 25% de castellano, un decreto ley que fija explícitamente la "inaplicación" de porcentajes en el uso de lenguas en la enseñanza y que fija al catalán como lengua vehicular.

El propio TSJC constató la "imposibilidad legal" de ejecutar la sentencia del 25% porque se contradice con esta nueva normativa, y ha planteado una cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional (TC).

En concreto, el decreto del Govern estipula que el uso del castellano se deberá definir en función de criterios pedagógicos, y los jueces argumentan ahora que "en este caso, no se alegan ni constatan cuáles son los criterios pedagógicos individualizados que determinan la necesidad de modificar la decisión cautelar".

Los jueces consideran que la obligación cautelar de usar al menos un 25% de castellano "tampoco resulta afectada por la prohibición de porcentajes" que fija el decreto.