El Ayuntamiento de Barcelona ha impuesto una sanción de 45.000 euros a los propietarios de un piso y a la inmobiliaria que lo comercializaba por discriminación directa por racismo, según ha anunciado el consistorio. La sanción se basa en la constatación de que pese a que había una persona interesada en alquilar el piso, no se le alquiló por ser marroquí. Los hechos datan de principios de 2020.

Según el ayuntamiento, es la primera sanción que impone un consistorio por este motivo, considerado una falta muy grave. En Barcelona se dio un caso similar pero no idéntico, cuando se precisó en un anuncio que un piso en oferta solo lo estaba para inquilinos potenciales que fueran españoles .

La sanción impuesta por el caso del marroquí está prevista en la ley de vivienda que aprobó el Govern tripartito en 2007. No sorprende que no existan precedentes de las mismas características, porque el caso corresponde a una situación que se hace muy difícil de demostrar por parte de la persona discriminada. No es sencillo demostrar con pruebas que a uno no lo han querido como inquilino por su país de origen o su color de piel. No es fácil probar que la sonrisa incómoda de un comercial esconde la razón verdadera de una negativa.

En la Barceloneta

El piso en cuestión está en la Barceloneta. La persona que estaba interesada en alquilarlo acreditó la solvencia suficiente, lo que no es poco en la capital catalana, pero no recibió las llaves, sino el silencio por respuesta. Un silencio, el de la inmobiliaria, que se vio sucedido por la noticia de que la propiedad ya había elegido a otro aspirante como inquilino. Sin embargo, semanas después la vivienda seguía vacía y disponible.

En ese momento, un conocido de la persona que intentó alquilar la vivienda fue a preguntar por esta. Una persona que no es marroquí. La visitó y acreditó la solvencia necesaria. Y el agente inmobiliario que le mostró el piso le informó que no había problema y de que podía alquilarlo. Con ello, el primer candidato concluyó por qué la propiedad no le quería en su vivienda.

Los hechos fueron denunciados en la Oficina de No Discriminación del ayuntamiento y analizados por esta y por la Unidad de Disciplina y Antiasedio del Instituto Municipal de la Vivienda y la Rehabilitación, que es quien ha desarrollado el proceso administrativo del expediente sancionador.

Un expediente que ha desembocado en una sanción firme en la vía administrativa por valor de los 45.000 euros. Durante la tramitación del expediente presentaron alegaciones que han sido desestimadas jurídicamente por la Unidad Antiacoso y de Disciplina del consistorio.

Recurso

Los sancionados tienen la posibilidad de recurrir la decisión ante el juzgado contencioso-administrativo. Cuentan con un periodo de dos meses para hacerlo. Eso es lo que hicieron los sancionados en el caso antes citado. En diciembre de 2019, el consistorio anunció la apertura de expediente al portal inmobiliario Idealista y a la inmobiliaria The New House Barcelona por un anuncio de un alquiler que precisaba que solo personas de nacionalidad española podían acceder a la vivienda. El expediente desembocó en una sanción de 90.000 euros. Tanto Idealista como The New House Barcelona recurrieron ante el contencioso-administrativo, que deberá tomar una decisión al respecto.

El ayuntamiento está convencido de que se denuncian menos casos de los que se dan en este campo. En los últimos años se ha incrementado su número. Durante el primer semestre de 2021, la OND ha abierto 13 expedientes por presuntas vulneraciones del derecho a la vivienda, cuando en el mismo periodo de 2020 fueron nueve y en el del 2019, cinco.