Archivan el caso contra un operario municipal de Deià acusado de malversación
La Audiencia de Palma confirma el sobreseimiento de la causa, pero una magistrada emite un voto particular en el que discrepa y aconseja reabrir el procedimiento y seguir con la investigación
El tribunal destaca la falta de control de gastos del Ayuntamiento, especialmente, en la compra, custodia y utilización de herramientas y maquinaria municipal, por lo que no se ha acreditado que el acusado se hubiera apropiado de los efectos ni tampoco la cantidad malversada

Los hechos fueron denunciados por el ayuntamiento de Deià. / D.M.
La Audiencia de Palma ha archivado el caso contra un operario municipal de Deià, que ejercía como jefe de mantenimiento y que estaba acusado de malversación por presuntamente aprovecharse de la falta de control de gastos del Ayuntamiento para lucrarse comprando multitud de herramientas y material de obra para su uso particular, al no haberse acreditado los efectos de los que supuestamente se apropió ni tampoco las cantidades presuntamente malversadas.
La Sección Primera ha confirmado el sobreseimiento provisional de la causa, dictado a finales de 2025 por un magistrado de instrucción de la ciudad basándose en el criterio de la fiscalía, que concluía que de lo actuado no quedaba acreditada la existencia de infracción penal ni la responsabilidad penal del investigado.
Sin embargo, el auto de la Audiencia Provincial cuenta con un voto particular discrepante de una magistrada que, en la línea de lo que pide el ayuntamiento de Deià, que fue el que denunció los hechos en 2024 al detectar unas compras desproporcionadas de material y herramientas, aconseja reabrir el procedimiento judicial y seguir con la investigación para el esclarecimiento de los hechos.
El Consistorio interpuso un recurso de apelación contra el auto inicial de archivo, en el que solicitaba que el caso continuara y se procediera a abrir juicio oral contra el sospechoso para que el tribunal sentenciador, en este caso un jurado popular, se pronunciara y decidiera sobre la condena o absolución del empleado municipal.
Por el contrario, la fiscalía interesó que se desestimara el recurso del Ayuntamiento y que se confirmara el cierre del caso al no haber podido acreditarse que el investigado se hubiera apoderado de efectos de propiedad municipal, no habiéndose intervenido ninguna herramienta por el Consistorio ni haberse podido acreditar ninguna venta por parte del sospechoso de bienes municipales. Así, una vez formulada la denuncia, muchas de las herramientas aparecieron en el altillo del almacén utilizado por la brigada de mantenimiento y en la furgoneta utilizada por el investigado.
Según el ministerio público, de lo actuado, se desprende que el personal del Ayuntamiento y regidores estaban autorizados para realizar compras de mantenimiento a nombre del Consistorio; y que era evidente que había “un sorprendente descontrol” por parte del Ayuntamiento en cuanto a la compra y utilización del material y maquinaria municipal, según las declaraciones de los testigos, entre ellos el entonces alcalde de Deià, Lluís Apesteguia (Més per Mallorca). Así, el investigado no era el único que tenía llave del almacén donde se guardaban las herramientas y el alcalde, algunos regidores y el propio acusado podían ceder estos efectos a algún vecino que lo demandara. El consumo de carburante era muy superior cuando el sospechoso desempeñaba su actividad laboral, “si bien tampoco existía el más mínimo control o fiscalización y no se puede determinar que fuera el investigado el responsable de este gasto excesivo, ni cuantificar la cuantía de supuesta malversación”, argumenta la fiscalía.
Ausencia de control de gastos
La Audiencia de Palma subraya también la falta de control de gastos del Ayuntamiento, especialmente, en la compra, custodia y utilización de herramientas y maquinaria municipal. Dos magistradas reconocen que existen “declaraciones divergentes de uno y otro signo”. Sin embargo, “la conclusión de archivo provisional no resulta irracional ni arbitraria ante un sustrato indiciario de carácter genérico que no permite una individualización suficiente de la conducta, siendo dicha actuación potencialmente atribuible a un conjunto amplio y diverso de personas”, destaca la Sección Primera.
“Las diligencias de investigación han puesto de manifiesto la posible intervención de terceros igualmente autorizados para la realización de compras de mantenimiento a nombre del Ayuntamiento, lo que introduce, de entrada, un mayor grado de incertidumbre respecto de una imputación individualizada y concreta”, razona la Sala.
La propia interventora durante los años investigados, persona que formuló la denuncia inicial y sus ampliaciones, “vino a describir una situación de relevante descontrol en la adquisición, custodia y utilización de material y maquinaria municipal, extremo que dificulta la prosecución del procedimiento penal, que exige una adecuada individualización de conductas que, en el caso concreto, no resulta posible ante la existencia de explicaciones diversas y plausibles derivadas de la concurrencia de distintas posibilidades en relación con el dominio del hecho”, según el auto.
Dicha falta de control afectaba a los procesos de compra, custodia, uso y lugar de recogida del material. La interventora declaró que para realizar compras de mantenimiento a nombre del Ayuntamiento se encontraban autorizados tanto el personal como los regidores, añadiendo que, si bien el investigado realizaba la mayoría de dichas compras, no era el único autorizado para ello. Manifestó igualmente que el personal de mantenimiento disponía de llaves del almacén, desconociendo si existían otras llaves en circulación, y que las herramientas podían ser prestadas previa solicitud mediante instancia.
Voto particular
El voto particular de la tercera magistrada concluye que el sobreseimiento “es prematuro”. Tanto el entonces alcalde como otros testigos aseguraron que el investigado tenía plena autonomía para comprar herramientas sin pedir autorización y sin informar al Consistorio y que solo unos pocos tenían llave del almacén. Las facturas revelaron adquisiciones de más de dos mil discos para una radial en diez meses. “Todo ello sin justificar”, indica la jueza. “Hay herramientas que los empleados no han visto jamás y que no se usaban”, añade. El alcalde negó que se prestaran efectos a los ciudadanos. “No se trata de habladurías y chismes, como expone el fiscal, sino que son declaraciones de personas que trabajan allí y documental aportada”, resalta la magistrada, que aconseja que se reabra el caso.
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