Administración
La historia de la herencia que perdió el Ayuntamiento de Calvià
El Ayuntamiento activó en 2025 el mecanismo para heredar, junto con el Consell, los bienes de una vecina alemana fallecida en Santa Ponça sin herederos aparentes, ateniéndose a lo que dice el Derecho Civil balear. Finalmente, sin embargo, la aparición de los legítimos sucesores paralizó esta tramitación administrativa.

Gran Via del Puig Blanc de Santa Ponça / I.M.
El Ayuntamiento de Calvià ha archivado el expediente de sucesión intestada abierto para que el propio Consistorio y el Consell de Mallorca fueran declarados herederos de una mujer nacida en Trier, Alemania, fallecida en 2022. Su último domicilio conocido estaba en la localidad de Santa Ponça. La decisión se ha publicado ahora en el Butlletí Oficial de Balears (BOIB) y supone el cierre de un procedimiento iniciado en mayo del año pasado.
La resolución, firmada por el alcalde de Calvià, Juan Antonio Amengual, acuerda archivar el expediente dada «la existencia de familiares con mejor derecho a sucederla». Es decir, el Ayuntamiento deja de optar a la herencia después de que hayan aparecido personas con prioridad legal sobre las administraciones públicas.
El expediente se había puesto en marcha en mayo de 2025. En aquel primer anuncio, el Ayuntamiento comunicó el inicio del procedimiento para declarar herederos al Consell de Mallorca y a la administración municipal.
Piso en Santa Ponça
El edicto mencionaba que la mujer alemana fallecida había nacido el 25 de enero de 1949 y que murió en 2022. Su último domicilio conocido estaba situado en unos bajos de la calle Gran Via Puig Blanc, en el núcleo turístico de Santa Ponça. Aquel anuncio ya advertía de que cualquier persona que se creyera con igual o mejor derecho que el Consell y el Ayuntamiento podía presentar alegaciones y aportar documentación antes de que se resolviera el procedimiento.
La publicación debía exponerse, además, en los tablones de Calvià, de Trier, de Palma (donde se produjo el fallecimiento) y del municipio donde se encontraran los bienes, que también era Calvià. El contenido concreto de la herencia, sin embargo, no aparece detallado en los anuncios oficiales consultados. Este diario intentó, sin éxito, obtener la versión del Ayuntamiento sobre este asunto.
La única referencia patrimonial expresa es que los bienes se encontraban en Calvià, dato que explica la intervención del Ayuntamiento en el procedimiento. La resolución publicada ahora también comunica al Juzgado Decano que el Ayuntamiento desiste de su petición de ser designado administrador del caudal hereditario. El Consistorio solicita que, en su caso, se designe un nuevo administrador judicial en el plazo de un mes.
El caso se enmarca en la regulación balear de las sucesiones intestadas, es decir, en aquellos casos en los que una persona fallece sin testamento y no existen parientes con derecho a heredar según la ley (descendientes, ascendientes, cónyuge o parientes colaterales hasta el cuarto grado).
En estos casos, el Derecho Civil de Balears prevé que hereden conjuntamente las administraciones territoriales: la mitad para el ayuntamiento del municipio de la última residencia habitual y la otra mitad para el Consell Insular correspondiente.
«Se destinarán preceptivamente los bienes heredados, o su producto o su valor, a instituciones o establecimientos de asistencia social, de educación o culturales ubicados en su respectivo territorio», según puede leerse en el artículo 53 de la Compilación del Derecho Civil balear.
Con la aparición de familiares con mejor derecho, esa posibilidad queda descartada en este caso.
Otros casos
Existe algún que otro precedente para este tipo de herencias sin beneficiarios naturales aparentes. En 2013, por ejemplo, salieron a subasta dos fincas rústicas de Llucmajor procedentes del abintestato de un vecino del municipio. Se trataba de Son Tur, con 106.066 metros cuadrados y varias construcciones, y Son Ramis, con 24.061 metros cuadrados y una vivienda rural en semiabandono. Salieron a subasta por 325.117,35 y 79.333,05 euros, respectivamente, según informó en su momento la Delegación de Economía y Hacienda en Balears.
En 2015, el Estado fue declarado heredero único de una vivienda en la calle Mossèn Bartomeu Ballester Organista, antes calle Verónica, en el municipio de Campos. El inmueble estaba valorado en 102.544 euros.
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